Sentencia N° 89 — Sala Electoral del TSJ, 13 de agosto de 2018

TSJ/SE, Sent. N° 89, Exp. 2018-000049, 13/08/2018
Expediente2018-000049
PonenteCHRISTIAN TYRONE ZERPA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2018-08-13
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso electoral interpuesto por ciudadanos candidatos a la Caja de Ahorros de la Policía Nacional Bolivariana, en contra de las elecciones realizadas el 4 de julio de 2018. Los recurrentes alegaron irregularidades en el proceso electoral y solicitaron un amparo cautelar. La Sala, tras analizar la competencia y la admisibilidad del recurso, declaró improcedente la solicitud de amparo cautelar y admitió el recurso contencioso electoral.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral ha reiterado en su jurisprudencia que las medidas cautelares se encuentran dirigidas a garantizar la protección temporal de los derechos de la parte interesada, hasta tanto se dicte el fallo definitivo que resuelva la acción principal. En este sentido, se exige para la procedencia del amparo cautelar la factibilidad de que exista una violación o amenaza de violación de derechos o garantías constitucionales, lo cual, por sí solo, implica el riesgo de que al no acordar la suspensión del acto impugnado, se torne ilusoria la ejecución del fallo definitivo y se haga imposible el restablecimiento de la situación jurídica infringida.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer el presente recurso. 2.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar. 3.- ADMISIBLE el presente recurso.

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