Sentencia N° 87 — Sala Electoral del TSJ, 2 de junio de 2009

TSJ/SE, Sent. N° 87, Exp. X-09-0003, 02/06/2009
ExpedienteX-09-0003
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-06-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dictó una decisión en la que se declara con lugar la solicitud de medida cautelar presentada por Carlos Ramiro Palacios, ordenando la suspensión de toda Asamblea para la escogencia de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas. La Sala fundamentó su decisión en la existencia de irregularidades en el proceso electoral, como la falta de un cronograma y reglamento electoral, así como la incertidumbre sobre las fechas y lugares de la Asamblea Eleccionaria.

Extracto de la motiva

Consideró la Sala que, en el caso de autos, aparentemente se constataba la existencia de una situación fáctica que no resultaba cónsona con los principios de transparencia y confiabilidad de los procesos electorales, al estar fijadas dos (2) fechas distintas para la realización de una fase del proceso electoral cuya observancia es necesaria a los fines del ejercicio del derecho al sufragio, conforme a los términos en que está previsto en la Constitución, lo que determinaría la presunción de amenaza de violación al derecho constitucional invocado por el accionante. Estimó la Sala, que también se cumplía en el caso bajo análisis el requisito del periculum in mora, toda vez que la realización de la Asamblea Eleccionaria era inminente, independientemente de que tuviera lugar en cualquiera de las dos fechas señaladas por la Federación (28 ó 30 de marzo de 2009), puesto que al realizarse la misma antes de que esta Sala dictase un fallo eventualmente favorable al accionante, no resultaría posible la reparación de la situación jurídica infringida por esta vía procesal, habida cuenta de que el accionante cuestionaba, entre otros aspectos, la falta de inscripción de la plancha de la cual forma parte.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara el decaimiento de la oposición a la medida cautelar acordada por esta Sala en sentencia del 26 de marzo de 2009, en el caso de la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano Carlos Ramiro Palacios, contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas.

Palabras clave

acción de amparomedida cautelarderecho al sufragiotransparencia electoralComisión ElectoralFederación Venezolana de Levantamiento de Pesasirregularidades electoralesconvocatoria electoral

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