Sentencia N° 86 — Sala Electoral del TSJ, 30 de junio de 2025

TSJ/SE, Sent. N° 086, Exp. 2024-000021, 07/08/2025
Expediente2024-000021
PonenteCARYSLIA BEATRÍZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2025-06-30
DecisiónCON LUGAR

Resumen

La Sala Electoral Accidental N° 1 del TSJ declaró CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto por varios ciudadanos contra la Comisión Electoral de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda, anulando el proceso electoral celebrado el 23 de septiembre de 2023 y ordenando una nueva convocatoria. Además, se mantuvo la medida cautelar que permite a la Junta Directiva anterior continuar en funciones hasta el nuevo proceso electoral.

Extracto de la motiva

En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, de conformidad con lo contemplado en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en observancia de los artículos 7, 12 y 14 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por remisión expresa del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ORDENA a la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM) del período inmediato anterior, reactivada mediante sentencia cautelar número 033 del 18 de octubre de 2024; que en un lapso de 15 días de despacho siguientes a la notificación del presente fallo, INFORME respecto a las actuaciones o diligencias concernientes al cumplimiento del Fallo número 056 del 30 de junio de 2025.

Dispositiva

ORDENA a la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM) del período inmediato anterior, reactivada mediante sentencia cautelar número 033 del 18 de octubre de 2024; que en un lapso de 15 días de despacho siguientes a la notificación del presente fallo, INFORME respecto a las actuaciones o diligencias concernientes al cumplimiento del Fallo número 056 del 30 de junio de 2025.

Palabras clave

recurso contencioso electoralanulación de proceso electoralnueva convocatoria

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