Sentencia N° 84 — Sala Electoral del TSJ, 27 de junio de 2017
TSJ/SE, Sent. N° 84, Exp. 2017-000043, 27/06/2017
Expediente2017-000043
PonenteINDIRA ALFONZO IZAGUIRRE
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2017-06-27
DecisiónEl decaimiento del objeto del recurso contencioso electoral por haber perdido vigencia el hecho o acto impugnado.
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso electoral interpuesto por Rafael González Arias y Zair Mundaray contra decisiones del Consejo Nacional Electoral relacionadas con la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente. La Sala declaró el decaimiento del objeto del recurso, argumentando que las decisiones impugnadas habían perdido vigencia debido a la publicación de actos administrativos posteriores que respaldaban las decisiones del Consejo Nacional Electoral. Además, se consideró improponible la solicitud de inhibición y recusación presentada por los recurrentes.
Extracto de la motiva
La Sala observa que los actos recurridos en nulidad corresponden a lo siguiente: '...1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual fijó las bases comiciales para la elección de los constituyentes; 2) La decisión del Consejo Nacional Electoral, hecha pública por su Presidenta ciudadana Tibisay Lucena, mediante cadena nacional del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente, a través de un portal digital que abrirá el Poder Electoral; siendo prorrogada tal fase mediante decisión de fecha 1º de junio de 2017, hasta el viernes 2 de junio de 2017; y 3) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas.'
Dispositiva
1. COMPETENTE para conocer el recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, interpuesto por el ciudadano RAFAEL GONZÁLEZ ARIAS, quien invoca el carácter de 'Vicefiscal General de la República', y el ciudadano ZAIR MUNDARAY, con el carácter de 'Director General de Actuación Procesal', identificados, contra '...1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual fijó las bases comiciales para la elección de los constituyentes; 2) La decisión del Consejo Nacional Electoral, hecha pública por su Presidenta ciudadana Tibisay Lucena, mediante cadena nacional del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente, a través de un portal digital que abrirá el Poder Electoral; siendo prorrogada tal fase mediante decisión de fecha 1º de junio de 2017, hasta el viernes 2 de junio de 2017; y 3) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas.' 2. EL DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso electoral por haber perdido vigencia el hecho o acto impugnado. 3. INOFICIOSO el pronunciamiento sobre las solicitudes cautelares en virtud de la declaratoria del decaimiento del objeto. 4. IMPROPONIBLE la 'Solicitud de Inhibición y Recusación' realizada en el escrito del recurso contencioso electoral.
Palabras clave
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