La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso electoral interpuesto por Iomar Alberto Carreño López y Nelson Rojas contra el Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral (CAPSEOJ). Los recurrentes alegaron la falta de convocatoria a elecciones y la supuesta vulneración de derechos constitucionales relacionados con el sufragio y la participación electoral.
Extracto de la motiva
La Sala establece su competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto, señalando que el mismo fue presentado de manera extemporánea, ya que transcurrieron más de los quince días hábiles establecidos por la ley para la interposición de este tipo de recursos. Por lo tanto, se declara inadmisible el recurso, lo que hace innecesario pronunciarse sobre la solicitud de medida cautelar innominada planteada por los recurrentes.
Dispositiva
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por Iomar Alberto Carreño López y Nelson Rojas, actuando en su carácter de asociados de la CAJA DE AHORRO Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y JUBILADOS DEL PODER ELECTORAL, (CAPSEOJ), asistidos por el abogado Juan Luis Núñez García, contra el Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de CAPSEOJ, en relación a la elección de la Comisión Electoral Principal que deberá convocar el proceso electoral para elección de los miembros principales y suplentes del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja de Ahorro, para el periodo 2015-2018. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso contencioso electoral.
Palabras clave
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