La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso electoral interpuesto por el Club Deportivo Elegua, en el que se solicitaba la nulidad de la elección de la Autoridad Provisional de la Asociación de Fútbol del Estado Miranda. La Sala declaró improcedente la solicitud de medida cautelar innominada presentada por el abogado del club, argumentando que no se configuró el periculum in mora, ya que la convocatoria a elecciones abarcaba a los sujetos llamados a participar según la Ley Orgánica de Deporte.
Extracto de la motiva
La parte recurrente inició su escrito señalando que en fecha 04 de agosto de 2010, “es registrada ante el Registro Público del Municipio Guaicaipuro del estado Miranda, la Asociación de Fútbol del estado Miranda...” asimismo, explica que el día 16 de marzo de 2016, es “...publicada en la Gaceta Oficial N° 40.870, una providencia administrativa del Instituto Nacional del Deporte, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Juventud y Deporte, en la que establece en su artículo 7 que se otorga el reconocimiento de las autoridades y registro provisional a una serie de asociaciones deportivas estadales. No obstante, en la sección de las asociaciones de fútbol campo, NO se encuentra mencionada la Asociación de Fútbol Miranda, de esto se deduce que no está reconocida ni la junta Directiva, ni el Consejo de Honor, ni el Consejo Contralor...” (Mayúsculas, destacado y subrayado del original). Ahora bien, señala que en fecha 06 de septiembre de 2016, “...la consultora jurídica para ese entonces del Instituto Nacional de Deportes, Luz Escarrá, notifica al ciudadano José Luis Rincones, presidente de la Asociación de Fútbol de Miranda, mediante acto N° CJ-052-0-2016, (...) sobre la improcedencia del reconocimiento de la solicitud de registro y de reconocimiento de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Fútbol del estado Miranda, para el periodo 2013-2017, según Providencia Administrativa N° 049/2016 del veintisiete (27) de julio de 2016 del Instituto Nacional de Deportes...”. Además de ello, acota que en fecha 29 de octubre de 2016, “...supuestamente veinte (20) clubes, realizaron una convocatoria que fue publicada en (...) [el] periódico ‘La Región’ (...), en la cual convocaban a una ASAMBLEA EXTRAORDINARIA a celebrarse el día siete (7) de noviembre de 2016 a las 5:00 pm, en las Instalaciones de la Asociación de Fútbol de Miranda, en la cual el orden del día sería: ‘Designación de la ‘AUTORIDAD PROVISIONAL’ de la Asociación de Fútbol del Estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2013-2017’. Los clubes en cuestión eran: 1. Academia de Fútbol Charallave, 2. Escuela de Fútbol Atlético Tuy FC, 3. Club Escuela Bolivariana Los Primos, 4. Club de Fútbol Lecumberry, 5. Club Academia de Fútbol Jiménez, 6. Academia Los Teques, 7. Talentos El Paso, 8. E.C.I.D. de Fútbol Campo Almirante Brión FC, 9. Fútbol Club Los Rosales Jesús 2022, 10. Escuela Comunitaria de Iniciación Deportiva San José, 11. Atlético Miranda FC, 12. Real Academia San Antonio de Los Altos, 13: Escuela Integral de Fútbol Rafael Urdaneta (EIFRU), 14. E.F. de Alto Rendimiento Los Castores, 15. Club Deportivo Pantera FC, 16. Pacairigua Sport Club, 17. Escuela de Formación Deportiva Caracas Tuy, 18. A.C. Liga Comunitaria Integral de Futsal Independencia, 19. Sporting Venezuela, y 20. Escuela de Fútbol Alcaldía.” (Mayúsculas y destacado del original, corchetes de la Sala).
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada planteada en fecha 6 de febrero de 2017, por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, actuando en representación del Club Deportivo Elegua, con el objeto de que “se suspenda las elecciones que se llevarán a cabo en la Asamblea General prevista para el 15 de febrero de 2017 para la elección de Consejo Directivo, el Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del Estado Bolivariano de Miranda para el período 2017-2021”. Publíquese, regístrese y comuníquese.
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