Sentencia N° 78 — Sala Electoral del TSJ, 31 de mayo de 2016

TSJ/SE, Sent. N° 78, Exp. 2015-000071, 31/05/2016
Expediente2015-000071
PonenteFANNY MÁRQUEZ CORDERO
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2016-05-31
DecisiónDecaimiento del objeto

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento del objeto de los recursos contencioso electorales interpuestos por Carmen Tovar, Ruth Milena Aristigueta Vásquez y otros, en relación al proceso electoral de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA) realizado el 25 de mayo de 2015. Se argumenta que las irregularidades denunciadas han perdido vigencia tras la anulación de las fases de escrutinio y totalización por parte de la Sala en una decisión anterior, lo que hace innecesario el análisis de las denuncias en los recursos acumulados.

Extracto de la motiva

motivado a las políticas de publicidad en sus espacios publicitarios el Diario antes mencionado obligo (sic) a que la publicación del Cartel aparezca publicado el día 18 de noviembre, lapso que excede el de los 7 días contemplados por la Sala Electoral (...), motivo este que hace solicitar respetuosamente se prorrogue el lapso de los siete días...”. El 12 de noviembre de 2015, el abogado David Salomón Plaza Ramírez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó un ejemplar del cartel de emplazamiento publicado en el diario “Últimas Noticias” en su edición de esa misma fecha. El 23 de noviembre de 2015, el abogado Edgar Pérez Guaraco, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Vicepresidenta y el Secretario de la Comisión Electoral Principal de CAHORMINSA, presentó un nuevo informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con la causa y consignó documentales. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 49 Por auto del 24 de noviembre de 2015 se abrió la causa a pruebas por un lapso de cinco (5) días de despacho, contados desde esa fecha, de conformidad con lo previsto en el Artículo 190 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. El 1° de diciembre de 2015, los abogados Edgar Pérez Guaraco, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, y David Salomón Plaza Ramírez, en representación de la parte recurrente, presentaron escritos de promoción de pruebas los cual fueron agregados a los autos el 2 de diciembre de 2015. Por auto de esa última fecha, se fijó un lapso de dos (2) días de despacho a fin de que las partes pudieran oponerse a las pruebas promovidas. Mediante auto del 10 de diciembre de 2015 el Juzgado de Sustanciación providenció sobre las pruebas, admitiendo parcialmente las promovidas por las partes. Mediante auto del 11 de enero de 2016, se dejó constancia de la incorporación a la Sala Electoral de la Magistrada FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO y el Ma

Dispositiva

En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO de los recursos contencioso electorales interpuestos por los ciudadanos CARMEN TOVAR, asistida por el abogado Jesús Onofre Araujo, RUTH MILENA ARISTIGUETA VÁSQUEZ, asistida por la abogada Zulay Emilia Pineda y JOSEFINA DEL VALLE GUISSEPPE LUCART, WILFREDO FLORES, SONIA JOSEFINA BELLORÍN MARCANO y PEDRO LUIS MINOTTI MUÑOZ, asistidos por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, contra el proceso electoral efectuado el 25 de mayo de 2015, mediante el cual fueron electas las nuevas autoridades de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CAHORMINSA). Publíquese y regístrese.

Palabras clave

recursos electoralesdecaimientoactuaciones impugnadassentenciajurisdicciónCAHORMINSA

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