Sentencia N° 77 — Sala Electoral del TSJ, 28 de julio de 2022

TSJ/SE, Sent. N° 077, Exp. 2022-000033, 28/07/2022
Expediente2022-000033
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2022-07-28
DecisiónLITISPENDENCIA y EXTINCIÓN DE LA CAUSA

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara su competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por Inversiones Owl, C.A. contra el proceso eleccionario llevado a cabo por la Asamblea de Propietarios del edificio Mansión Arenas el 23 de mayo de 2022. Se establece la figura de la litispendencia, dado que existe un expediente previo relacionado con el mismo objeto y partes, lo que conlleva a la extinción de la causa en el presente expediente. La decisión se fundamenta en la necesidad de evitar la duplicidad de procesos judiciales sobre la misma materia.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR 1.- De la competencia: En primer lugar, corresponde a esta Sala Electoral pronunciarse sobre la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto, para lo cual observa que el artículo 27 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 6.884 Extraordinario de fecha 19 de enero de 2022, establece: “Artículo 27. Son competencias de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia: (…) 2. Conocer las demandas contencioso electorales que se interpongan contra los actos de naturaleza electoral que emanen de sindicatos, organizaciones gremiales, colegios profesionales, organizaciones con fines políticos, universidades nacionales y otras organizaciones de la sociedad civil.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente solicitud de amparo cautelar por los profesionales del derecho MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, antes identificados, actuando; la primera de los mencionados, con el carácter de Presidenta de la sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A. y, el segundo, en su condición de abogado asociado asistente de la prenombrada empresa, contra el proceso eleccionario llevado a cabo por la ASAMBLEA DE PROPIETARIOS del edificio Mansión Arenas, el 23 de mayo de 2022. 2.- La LITISPENDENCIA y, en consecuencia, la EXTINCIÓN DE LA CAUSA contenida en el presente expediente Nro. AA70-E-2022-000033.

Palabras clave

litispendenciacompetenciarecurso contenciosoprocedimiento civilderechos electoralesjurisdicciónsentencias contradictorias

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