Sentencia N° 76 — Sala Electoral del TSJ, 19 de junio de 2017

TSJ/SE, Sent. N° 76, Exp. 2016-000049, 19/06/2017
Expediente2016-000049
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2017-06-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos Omar Antonio Gervez Cordero, Fiser Alfonzo Armas Segovia y Larry José Spluga Padrón, quienes solicitaron la nulidad de ciertos artículos de los Estatutos de la Caja de Ahorro de la Sociedad Mutua de Préstamos de Tía Juana, así como la suspensión del proceso electoral previsto para el 27 de junio de 2016. La Sala determina que los requisitos establecidos en los Estatutos son discriminatorios y vulneran el derecho a la participación política de los asociados.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral, al analizar el recurso contencioso electoral interpuesto, establece que el artículo 28 de los Estatutos de la Caja de Ahorro de la Sociedad Mutua de Préstamos de Tía Juana, que exige haber cumplido un período activo en el Consejo de Administración o Vigilancia y tener un grado académico mínimo, resulta lesivo del derecho al sufragio pasivo, al limitar injustificadamente la posibilidad de postulación de los asociados. Asimismo, se concluye que la convocatoria a la Asamblea Extraordinaria para la elección de la Comisión Electoral no se realizó conforme a lo establecido en la ley, lo que afecta la validez del proceso electoral. Por lo tanto, se declara la nulidad de los actos relacionados con dicho proceso electoral.

Dispositiva

1.- Se desestiman los alegatos de inadmisibilidad por inepta acumulación de pretensiones y falta de cualidad. 2.- Se declara la nulidad de los numerales 6 y 7 del artículo 28 de los Estatutos de la Caja de Ahorro de la Sociedad Mutua de Préstamos de Tía Juana. 3.- Se declaran nulas todas las fases del proceso electoral para la escogencia de los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorro de la Sociedad Mutua de Préstamos de Tía Juana, para el período 2016-2019. 4.- Se ordena que mientras se procede a la repetición del proceso electoral, los miembros de la directiva anterior ocuparán sus cargos. 5.- Se ordena convocar una Asamblea Extraordinaria para la escogencia de los integrantes de la Comisión Electoral.

Palabras clave

recurso contencioso electoralamparo cautelarnulidad estatutosproceso electoral

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca