Sentencia N° 75 — Sala Electoral del TSJ, 11 de julio de 2018
TSJ/SE, Sent. N° 75, Exp. 2016-000011, 11/07/2018
Expediente2016-000011
PonenteJHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2018-07-11
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de desacato presentada por varios ciudadanos en relación a la sentencia número 225, dictada el 7 de diciembre de 2017. Los solicitantes alegaron incumplimientos en la ejecución de dicha sentencia, que ordenaba la realización de un nuevo proceso electoral en la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados de la Asamblea Nacional. La Sala, tras analizar los argumentos, determinó que la Comisión Electoral había cumplido con lo ordenado y que los alegatos presentados por los solicitantes eran improcedentes, ya que se referían a hechos nuevos no contemplados en la sentencia original.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE las solicitudes realizadas por los ciudadanos Ignacio Ávila Guerra, Jesús Rivera, José Castillo, Alfredo Ramón Gutiérrez Tovar y José Valentín Urbina, titulares de las cédulas de identidad números 9.482.546, 3.971.597, 3.624.821, 4.461.890 y 6.375.244, respectivamente, con respecto al presunto desacato de la sentencia número 225 de fecha 7 de diciembre de 2017, dictada por esta Sala. Asimismo, las demás solicitudes formuladas en fechas 19 de junio de 2018, 3 de julio de 2018, 9 de julio de 2018 y 11 de julio de 2018, todas con el mismo fin de la solicitud inicial.