Sentencia N° 74 — Sala Electoral del TSJ, 21 de mayo de 2008

TSJ/SE, Sent. N° 74, Exp. 07-000044, 21/05/2008
Expediente07-000044
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2008-05-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 74, donde se declara con lugar la solicitud de ejecución de la sentencia N° 19, que había anulado un proceso electoral en la Caja de Ahorros y Préstamos de los Obreros, Jubilados y Pensionados del Instituto Nacional de la Vivienda. Se ordena a la Comisión Electoral reiniciar el proceso electoral, garantizando el cumplimiento de los derechos de participación política de los asociados. La Sala establece plazos específicos para la convocatoria y realización de nuevas elecciones, advirtiendo sobre las consecuencias del desacato a la decisión.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral, al analizar la solicitud de ejecución presentada por la ciudadana Mercedes Elena Ruiz Ramírez, asistida por el abogado Gustavo José Vásquez, considera que la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Préstamos de los Obreros, Jubilados y Pensionados del Instituto Nacional de la Vivienda (C.A.P.O.J.I.N.A.V.I.) no ha dado cumplimiento a la sentencia N° 19, de fecha 19 de febrero de 2008, en virtud de que, al momento de presentar la solicitud de ejecución, habían transcurrido dos (2) meses y diecisiete (17) días, sin que la Comisión Electoral efectúe lo ordenado en el dispositivo del fallo, convocando de manera inmediata a nuevas elecciones. La Sala, al verificar las actuaciones de la Comisión Electoral, observa que no se ha cumplido con el principio de racionalidad en el establecimiento de los lapsos, afectando el ejercicio de los derechos de participación política y al sufragio de quienes resultaron beneficiados con el fallo dictado por esta Sala en fecha 19 de febrero de 2008.

Dispositiva

1.- CON LUGAR la solicitud de ejecución de la sentencia Nº 19 dictada en fecha 19 de febrero de 2008, presentada por la ciudadana MERCEDES ELENA RUIZ RAMÍREZ, asistida por el abogado GUSTAVO JOSÉ VÁSQUEZ, el 24 de marzo de 2008. 2.- Se DEJA SIN EFECTOS la convocatoria realizada por la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Obreros, Jubilados y Pensionados del Instituto Nacional de la Vivienda (C.A.P.O.J.I.N.A.V.I.), publicada en la página 57 del diario “Últimas Noticias”, de fecha 04 de abril de 2008. 3.- Se ORDENA a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Obreros, Jubilados y Pensionados del Instituto Nacional de la Vivienda (C.A.P.O.J.I.N.A.V.I.), que en un lapso de cinco días (5) continuos contados a partir de la notificación del presente fallo, convoque al proceso electoral para designar las nuevas autoridades de la Caja de Ahorros (período 2008-2011). 4.- Se ORDENA a la referida Comisión Electoral la celebración, en su totalidad, del proceso electoral de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Obreros, Jubilados y Pensionados del Instituto Nacional de la Vivienda (C.A.P.O.J.I.N.A.V.I.), en un lapso que no podrá exceder de sesenta (60) días continuos contados a partir de la notificación de la presente decisión.

Palabras clave

ejecucionproceso electoraldesacatoparticipacion politicaCaja de AhorrosComision Electoralsentenciaderechos constitucionales

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