Sentencia N° 70 — Sala Electoral del TSJ, 15 de mayo de 2012

TSJ/SE, Sent. N° 70, Exp. AA70-E-2009-000086, 16/05/2012
ExpedienteAA70-E-2009-000086
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-05-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a la solicitud de cumplimiento de una decisión anterior que había sido desacatada por la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público. Los solicitantes argumentaron que se habían cometido irregularidades en el proceso electoral, violando lo establecido en la sentencia N° 126 de noviembre de 2011, que ordenaba la realización de elecciones de manera legal y transparente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que al folio ochocientos treinta y nueve (839) del expediente cursa el escrito contentivo de la solicitud suscrita por los ciudadanos Omar José Briceño, Elba García Alonso, Reinaldo García Manzabel, Saida Ponte Osorio y Petra Yánez Meléndez, a los fines de poner en conocimiento de éste órgano jurisdiccional de la solicitud de cumplimiento a la sentencia N° 126 dictada por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 24 de noviembre de 2011, porque la misma está siendo desacatada por la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público. Evidencia la Sala, que la parte accionante solicita que se “… dicte un REPOSICIÓN DE CAUSA (sic), en el proceso eleccionario en curso al estado como lo ordena la sentencia de convocar una asamblea extraordinaria de socios de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público…”, en vista de que la Comisión Electoral Principal cometió una serie de irregularidades y violaciones a la ley, lo que contradice lo ordenado por la sentencia de la Sala Electoral N° 126 del 24 de noviembre de 2011.

Dispositiva

Se ORDENA la notificación de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público, a fin de que remita la información solicitada, en un lapso de cuatro (4) días siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación, para lo cual se ordena librar boleta de notificación a la mencionada Comisión, anexándole copia del escrito de solicitud presentado en fecha 03 de mayo de 2012 y del presente fallo. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

Caja de AhorrosComisión Electoralirregularidadesnulidadproceso electoral

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