Sentencia N° 68 — Sala Electoral del TSJ, 28 de julio de 2022

TSJ/SE, Sent. N° 068, Exp. 2021-000069, 28/07/2022
Expediente2021-000069
PonenteCARYSLIA BEATRÍZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2022-07-28
DecisiónLA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara la perención de la instancia en el recurso contencioso electoral interpuesto por Henri Falcón Fuentes, quien alegó su condición de candidato a Gobernador del Estado Lara. El recurrente argumentó que la elección fue afectada por la inhabilitación de candidatos, lo que comprometió la validez del proceso electoral. La Sala determinó que la parte recurrente no cumplió con la carga procesal de retirar y publicar el cartel de emplazamiento en el plazo establecido, lo que llevó a la decisión de perención.

Extracto de la motiva

De la decisión transcrita se evidencia, que el principio de preclusividad de los lapsos procesales, constituye una de las garantías fundamentales del debido proceso, para que las partes ejerzan su defensa en igualdad de condiciones y en pleno conocimiento de los actos ya cumplidos dentro del mismo. Con vista a lo anterior, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, observa de los autos que cursan en el expediente, que la parte recurrente no cumplió adecuadamente la carga procesal de retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento, dentro del lapso antes señalado, razón por lo que, determina que se ha verificado LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, por no mediar razones de orden público que justifiquen la continuación del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se establece.

Dispositiva

LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del presente recurso contencioso electoral, interpuesto por el ciudadano HENRI FALCÓN FUENTES, titular de la cédula de identidad número V-7.031.234, alegando su condición de candidato al cargo de Elección Popular de Gobernador del Estado Lara, para el periodo constitucional 2021-2025, por diversas organizaciones con fines políticos, asistido por el abogado Julio Alejandro Pérez Graterol, contra la Elección de Gobernador o Gobernadora del Estado Lara, llevada a cabo por el Consejo Nacional Electoral.

Palabras clave

perenciónemplazamientocarga procesalpreclusividaddebido procesojusticia electoral

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