Sentencia N° 65 — Sala Electoral del TSJ, 24 de mayo de 2007

TSJ/SE, Sent. N° 65, Exp. X-07-00021, 24/05/2007
ExpedienteX-07-00021
PonenteFERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-05-24
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a un recurso de nulidad y solicitud de amparo cautelar interpuesto por ciudadanos asociados a la Caja de Ahorros del Instituto Autónomo de Seguridad, Ciudadana y Transporte (CAINSETRA), declara con lugar el amparo cautelar solicitado. Los recurrentes alegan violaciones a sus derechos constitucionales en el proceso electoral, incluyendo la falta de notificación y la designación irregular de una nueva Comisión Electoral por parte de la Superintendencia de Cajas de Ahorro. La Sala analiza los requisitos para la procedencia del amparo cautelar, destacando la presunción de violación de derechos fundamentales y el riesgo de un perjuicio irreparable. Se concluye que la intervención de la Superintendencia en el proceso electoral constituye una extralimitación de sus facultades, lo que justifica la suspensión del proceso electoral y del acto de votación programado para el 25 de mayo de 2007. Finalmente, se ordena la suspensión del proceso electoral en CAINSETRA y se establece que la decisión debe ser publicada y notificada, reafirmando la importancia del respeto a los derechos de los asociados en el ejercicio de su derecho al sufragio.

Extracto de la motiva

A juicio de esta Sala, constatada la presunción de violación de los derechos constitucionales denunciados por el recurrente, se hace procedente el amparo cautelar solicitado, por lo que debe esta Sala Electoral ordenar la suspensión del proceso electoral en la CAJA DE AHORROS DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE SEGURIDAD, CIUDADANA Y TRANSPORTE (CAINSETRA) y de manera particular el acto de votación a realizarse el 25 de mayo de 2007. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Electoral, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el amparo cautelar solicitado, ordena la suspensión del proceso electoral en la de CAJA DE AHORROS DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE SEGURIDAD, CIUDADANA Y TRANSPORTE (CAINSETRA) y de manera particular el acto de votación a realizarse el 25 de mayo de 2007. Publíquese, regístrese y notifíquese.

Palabras clave

amparo cautelarproceso electoralderecho al sufragioComisión ElectoralSuperintendencia de Cajas de AhorroCAINSETRAviolación de derechosasamblea extraordinaria

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