La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de convocatoria a elecciones presentada por un grupo de ciudadanos afiliados al Sindicato de Trabajadores de la Universidad de Oriente Estado Sucre (STUDO). La solicitud fue formulada por el abogado Augusto Ramón González Ramos, quien actuó como apoderado judicial de los solicitantes. La Sala consideró que se cumplían los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
Visto el cumplimiento del lapso establecido judicialmente para que los solicitantes subsanaran las omisiones advertidas en el escrito presentado, corresponde a esta Sala Electoral pronunciarse sobre la admisibilidad de la solicitud de convocatoria a elecciones en el Sindicato de Trabajadores de la Universidad de Oriente Estado Sucre (STUDO). y, en tal sentido, observa que mediante el fallo Nro. 231 del 17 de diciembre de 2014, este órgano judicial señaló lo siguiente: Analizado dicho escrito y los recaudos que lo acompañan, esta Sala advierte que no consta en el expediente algún elemento vinculado a la circunstancia de que a la fecha haya vencido el período para el cual fue elegida la junta directiva de la organización sindical en funciones, pues no consta en autos algún documento que permita a esta Sala verificar cuándo fue realizado el último proceso electoral para elegir a las autoridades de la organización sindical STUDO.
Dispositiva
1.- Se ADMITE la solicitud de convocatoria a elecciones presentada en fecha 27 de noviembre de 2014, por el abogado Augusto Ramón González Ramos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 106.895, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ HERNÁNDEZ, JOSÉ LÓPEZ, MARCIAL VICENT y ASDRÚBAL BLONDELL, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.382.305, 5.707.617, 8.641.150 y 9.278.000, respectivamente, afiliados del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE ESTADO SUCRE (STUDO). 2.- ACUERDA su tramitación por el procedimiento instituido por este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, mediante decisión N° 7 de fecha 1° de febrero de 2000, en concordancia con las disposiciones de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. 3.- ORDENA la citación de la actual Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE ESTADO SUCRE (STUDO). Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.