Sentencia N° 60 — Sala Electoral del TSJ, 18 de junio de 2018

TSJ/SE, Sent. N° 60, Exp. 2018-000040, 18/06/2018
Expediente2018-000040
PonenteFANNY MÁRQUEZ CORDERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-06-18
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Carlos Ramón Paredes Garrido contra el Consejo Nacional Electoral, alegando violaciones a los derechos humanos a la participación política y debido proceso en las elecciones regionales del 10 de mayo de 2018. Tras evaluar la competencia, la Sala se declaró incompetente para conocer el caso, declinando su conocimiento a la Sala Constitucional, dado que la acción se encuadra dentro de las competencias de esta última en materia electoral.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por el ciudadano CARLOS RAMÓN PAREDES GARRIDO contra el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL y declina su conocimiento en la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con el Artículo 25 Numeral 22 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se ordena remitir el expediente a dicha Sala. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

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