Sentencia N° 60 — Sala Electoral del TSJ, 6 de junio de 2005
TSJ/SE, Sent. N° 60, Exp. 05-000050, 06/06/2005
Expediente05-000050
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-06-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió una acción de amparo constitucional interpuesta por varios ciudadanos contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión de los Empleados del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (CAPRES). Los demandantes alegaron violaciones a sus derechos constitucionales en el proceso electoral interno, solicitando medidas cautelares para suspender las elecciones programadas para el 7 de junio de 2005 debido a irregularidades en la publicación del registro electoral y la instalación de mesas de votación.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral, al analizar la solicitud de amparo, consideró que la falta de publicación del registro electoral y las deficiencias en la organización del proceso electoral podrían vulnerar el derecho al sufragio de los ciudadanos. Se destacó la importancia de garantizar un proceso electoral transparente y eficiente, y se concluyó que existía un riesgo inminente de que la realización de las elecciones pudiera causar daños irreparables a los derechos de los accionantes. Por lo tanto, se acordó la medida cautelar de suspensión del acto electoral previsto para el 7 de junio de 2005.
Dispositiva
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos LIS PÉREZ, JULIO PORTALES, BELKIS CONTRERAS, NELSON JIMÉNEZ REINA, SAÚL BENAVIDES Y GLEBYS D´LIMA, ya identificados, contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión de los Empleados del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (CAPRES). SEGUNDO: ADMITE la presente acción de amparo y ACUERDA TRAMITAR conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1º de febrero de 2000. En consecuencia, se ORDENA librar boleta de notificación a la parte presuntamente agraviante. TERCERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de medida cautelar planteada por la parte accionante y por tanto se suspende el acto de votaciones para la escogencia de las Consejos de Administración y de Vigilancia de la Caja de Ahorros y Previsión de los Empleados del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (CAPRES), previsto para el día siete (7) de junio de 2005.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho al sufragioproceso electoralregistro electoralmedida cautelartransparencia electoralCAPRES