Sentencia N° 59 — Sala Electoral del TSJ, 22 de junio de 2022
TSJ/SE, Sent. N° 59, Exp. 2022-000025, 22/06/2022
Expediente2022-000025
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2022-06-22
DecisiónImprocedente el amparo cautelar solicitado. Admite el recurso contencioso electoral.
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso electoral interpuesto por varias ciudadanas contra el proceso electoral de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal, realizado el 3 de abril de 2022. Las recurrentes alegaron irregularidades en la convocatoria y ejecución del proceso electoral, solicitando la nulidad del mismo y un amparo cautelar. La Sala declaró improcedente el amparo cautelar y admitió el recurso contencioso electoral, ordenando remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para continuar con la tramitación del caso.
Extracto de la motiva
motivado a que APRACAF ha funcionado estos 3 años sin el aporte económico de los IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 33 vecinos, y que la situación pandemia no (…) ha permitido hacer actividades para recaudar fondos, (…) desafortunadamente no ten[í]an disponibilidad económica para cubrir [esa] solicitud (…)”. (Sic). (Mayúsculas de la fuente y añadidos de la Sala). Enfatizan que el 24 de febrero de 2022 la referida Comisión, a través de correo electrónico dirigido a diez de los veinte representantes de los distintos subsectores de la asociación ut supra identificada y a cinco de sus integrantes, les manifestó lo siguiente: “(…) [fue] extendido el lapso de actualización hasta el día viernes 20/02/2022. Favor revisar el flyer adjunto a este correo (…)”, cuyo flyer a su decir fue enviado a través de distintos chats de WhatsApp vecinales y fijados en la Cartelera de APRACAF. (Sic). (Mayúsculas de la cita e interpolados de este Órgano Jurisdiccional). Señalan que en fecha 25 de febrero de 2022 la Comisión Electoral previamente mencionada, mediante correo electrónico dirigido a diez (10) de los veinte (20) subsectores de la asociación civil Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), adjuntó el Cronograma Electoral para las elecciones de la Junta Directiva de esa asociación civil, para el período 2022-2025. Expresa que el 26 de febrero del año en curso la Comisión Electoral de APRACAF “(…) envió por correo electrónico (…) dirigido a seis (6) de sus siete (7) integrantes y a once (11) representantes de los veinte (20) subsectores de APRACAF (…) en dos (2) archivos adjuntos, lo siguiente: LISTADO DE ELECTORES INSCRITOS ELECCIONES APRACAF 2022 PRÓRROGA OTORGADA (…) y LISTADO DE ELECTORES INSCRITOS ELECCIONES APRACAF 2022 (…)”. (Sic). (Mayúsculas del texto de origen). Aunado a lo anterior, explican que “El LISTADO DE ELECTORES INSCRITOS ELECCIONES APRACAF 2022 es el Padrón Preliminar, que consta de novecientos cuarenta
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar. 2.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado. 3.- ADMITE el recurso contencioso electoral. 4.- ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación.