Sentencia N° 56 — Sala Electoral del TSJ, 22 de junio de 2022
TSJ/SE, Sent. N° 56, Exp. 2022-000001, 22/06/2022
Expediente2022-000001
PonenteFANNY MÁRQUEZ CORDERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-06-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia conoció de una acción de amparo constitucional interpuesta por Everett José Salazar Bossio, quien alegó violaciones a su derecho al sufragio en el proceso electoral de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera, Petroquímica y Carbonífera Nacional (AJIP). El accionante argumentó que el proceso electoral fue irregular y que se le impidió participar como miembro activo de la asociación.
Extracto de la motiva
En consecuencia, esta Sala ordena a la parte accionante que en un lapso de cuarenta y ocho (48) horas (lapso que debe entenderse como de dos días de despacho de conformidad con Sentencia de la Sala Constitucional Nº 2197 de fecha 23 de noviembre de 2007, con ponencia del Magistrado Francisco Antonio Carrasquero López), contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, corrija e indique, con total claridad y sin lugar a equívocos, la descripción de los hechos, actos u omisiones y demás situaciones fácticas que, en su opinión, provocan la violación de los derechos cuya restitución se solicita por esta vía excepcional y las subsuma en situaciones de hecho concretas. Así se decide.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer y decidir la acción de amparo constitucional y solicitud de medidas cautelares innominadas interpuestas por el ciudadano EVERETT JOSÉ SALAZAR BOSSIO. 2.- ORDENA al ciudadano EVERETT JOSÉ SALAZAR BOSSIO, que en un lapso de cuarenta y ocho (48) horas, corrija la omisión señalada e indique, con total claridad y sin lugar a equívocos, la descripción de las situaciones fácticas concretas que, en su opinión, provocan la violación de los derechos cuya restitución se solicita.