Sentencia N° 56 — Sala Electoral del TSJ, 28 de marzo de 2012

TSJ/SE, Sent. N° 56, Exp. AA70-E-2011-051, 29/03/2012
ExpedienteAA70-E-2011-051
PonenteFernando Ramón Vegas Torrealba
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2012-03-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por Hermes Ramón Ramírez Castillo, quien impugnó la extemporaneidad de su separación del cargo y la decisión de la Comisión Electoral de CAPREMINFRA que le impidió postularse como candidato a Presidente del Consejo de Administración. La Sala declaró la nulidad de la Resolución N° 018 de fecha 24 de mayo de 2011, que ratificó dicha extemporaneidad, y del acto de votación realizado el 25 de mayo de 2011, ordenando reponer el proceso electoral a la fase de postulación.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el acto administrativo contenido en la Resolución número 018 de fecha de fecha 24 de mayo de 2011, mediante la cual se ratificó la extemporaneidad de la presentación por parte del Asociado HERMES RAMÓN RAMÍREZ CASTILLO, de su Separación del Cargo, emanados de la Comisión Electoral de la citada Caja de Ahorros, y por tanto le impidió postularse para participar en el proceso electoral como candidato a Presidente del Consejo de Administración de CAPREMINFRA para el período 2011-2014, se encuentra viciado por falso supuesto, por lo que resulta forzoso declarar su nulidad. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido por el ciudadano HERMES RAMÓN RAMÍREZ CASTILLO, actuando con el carácter de funcionario del Cuerpo Técnico de Vigilancia del Transporte Terrestre (CTVTT) y Asociado de CAPREMINFRA, asistido de abogado, contra el acto de votación realizado en fecha 25 de mayo de 2011 en CAPREMINFRA, el acto administrativo de fecha 18 de mayo de 2011, que declaró la extemporaneidad de la presentación del requisito de separación del cargo del recurrente y de la Resolución número 018 de fecha 24 de mayo de 2011, mediante la cual se ratificó la extemporaneidad de la presentación por parte del Asociado Hermes Ramón Ramírez Castillo, de su Separación del Cargo. SEGUNDO: Se declara la NULIDAD del acto administrativo contenido en la Resolución número 018 de fecha de fecha 24 de mayo de 2011, mediante la cual se ratificó la extemporaneidad de la presentación por parte del Asociado HERMES RAMÓN RAMÍREZ CASTILLO, de su Separación del Cargo, emanado de la Comisión Electoral de la citada Caja de Ahorros, que le impidió postularse para participar en el proceso electoral como candidato a Presidente del Consejo de Administración de CAPREMINFRA para el período 2011-2014 y, en consecuencia, la NULIDAD del referido proceso electoral cuyo acto de votación tuvo lugar el 25 de mayo de 2011, sólo en lo que respecta al cargo de Presidente del Consejo de Administración. TERCERO: ORDENA a la Comisión Electoral Principal de CAPREMINFRA, reponer el proceso electoral solo en lo atinente a la fase de postulación de candidatos para el cargo de Presidente del Consejo de Administración y posteriormente cumplir con las fases siguientes del proceso electoral.

Palabras clave

NulidadProceso ElectoralCAPREMINFRASeparación del CargoHermes Ramón Ramírez Castillo

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