Sentencia N° 52 — Sala Electoral del TSJ, 14 de abril de 2015

TSJ/SE, Sent. N° 52, Exp. AA70-E-2014-000024, 15/04/2015
ExpedienteAA70-E-2014-000024
PonenteFernando Ramón Vegas Torrealba
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2015-04-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia a favor de Francisco Antonio Colmenares Silva, declarando con lugar el recurso contencioso electoral contra la Resolución del Consejo Nacional Electoral que declaró inadmisible su recurso jerárquico. La Sala determinó que la resolución impugnada estaba viciada de nulidad absoluta, ya que el Consejo no permitió el desarrollo del procedimiento adecuado para la defensa del accionante, violando así su derecho al debido proceso. Se ordenó al Consejo Nacional Electoral pronunciarse nuevamente sobre la admisión del recurso jerárquico interpuesto.

Extracto de la motiva

El objeto del presente recurso de nulidad lo constituye el acto dictado por el Consejo Nacional Electoral, contenido en la Resolución número 140219-0019, de fecha 19 de febrero de 2014, publicada en Gaceta Electoral número 703 del 2 de abril de 2014, mediante el cual declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Francisco Antonio Colmenares Silva, contra la postulación y posterior elección del ciudadano Miguel Ramón Lara Aguilar. La Sala ha declarado en reiteradas oportunidades que el vicio de falso supuesto se configura cuando el órgano de la administración al dictar un determinado acto fundamenta su decisión en hechos inexistentes, falsos o que no guardan la debida vinculación con el o los asuntos objeto de decisión. En el presente caso, queda demostrado que el recurrente sí atribuyó un hecho irregular que se puede interpretar como un vicio a la postulación del ciudadano Miguel Ramón Lara Aguilar, constituido en la incapacidad y la pensión que supuestamente lo inhabilitaba para ejercer el cargo de Concejal.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido por el ciudadano Francisco Antonio Colmenares Silva, titular de la cédula de identidad número 7.963.014, en consecuencia declara: 1.- NULA la Resolución número 140219-0019 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 19 de febrero de 2014, publicada en Gaceta Electoral número 703 del 2 de abril de 2014, mediante la cual declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto contra la postulación del ciudadano Miguel Ramón Lara Aguilar, 2.- ORDENA al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse nuevamente sobre la admisión del recurso jerárquico.

Palabras clave

nulidadConsejo Nacional Electoralrecurso contencioso electoralderecho al sufragio

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