La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos Nehomer Juniort Sánchez Freites y Aquile José Díaz Rodríguez, quienes alegaron la ilegalidad de la Comisión Electoral designada para llevar a cabo elecciones en la Federación Venezolana de Canotaje. La Sala consideró que existían elementos suficientes para declarar la competencia y la admisibilidad del recurso, así como la procedencia de la medida cautelar solicitada, que consistía en suspender el acto de votación programado para el 25 de abril de 2014.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral considera que la convocatoria efectuada por las Asociaciones de Canotaje de los Estados Bolívar, Carabobo y Lara, excluye a miembros fundamentales de la Asamblea General de la FVC, lo que podría implicar una violación de los derechos constitucionales al sufragio y la participación. Se establece que la Autoridad Provisional, designada el 23 de abril de 2014, tiene la facultad de convocar elecciones, lo que genera dudas sobre la legitimidad de la convocatoria realizada por las Asociaciones. En consecuencia, se concluye que existe un riesgo inminente de daño irreparable para los derechos de los recurrentes, lo que justifica la suspensión del acto electoral.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos NEHOMER JUNIORT SÁNCHEZ FREITES y AQUILE JOSÉ DIAZ RODRÍGUEZ, alegando actuar con el carácter de Delegado de la Asociación de Canotaje miembro de la Asamblea General y, Presidente de la Autoridad Provisional de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE CANOTAJE, respectivamente, asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, contra “…la fraudulenta Comisión Electoral designada de manera arbitraria por parte de Asociaciones de Canotaje de los Estados Bolívar, Carabobo y Lara...” y contra la convocatoria de ella emanada en fecha 26 de marzo de 2014, a fin de llevar a cabo el proceso electoral mediante el cual serán electas las autoridades definitivas de la Federación para el período 2014-2017, “…cuyo acto de votación se celebrará el próximo día viernes 25 de abril de 2014…”. 2.- ADMITE el recurso interpuesto. 3.- PROCEDENTE el amparo cautelar, en consecuencia, se SUSPENDE el acto de votación pautado para el próximo 25 de abril de 2014, mediante el cual serán electas las autoridades de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE CANOTAJE para el período 2014-2017.