La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 117, declaró sin lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por ciudadanos de la Asociación Civil Defensoría de los Venezolanos en el Exterior (DEVENEX) contra una circular del Consejo Nacional Electoral. Los recurrentes alegaban que la circular impugnada establecía requisitos discriminatorios para la inscripción de venezolanos en el exterior en el Registro Electoral, violando derechos constitucionales. Sin embargo, la Sala concluyó que la circular no reglamentaba la ley, sino que reiteraba disposiciones normativas existentes, y que las diferencias en los requisitos eran justificadas por la situación fáctica de los venezolanos en el exterior.
Extracto de la motiva
La Sala ha considerado que la circular impugnada no constituye la fuente de los requisitos exigidos a los venezolanos residenciados en el extranjero a fin de proceder a la inscripción o actualización de datos en el Registro Electoral y, de esta manera, poder ejercer su derecho al sufragio en el país donde residan, pues tal exigencia deriva del contenido del artículo 124 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, ampliamente referido en el presente fallo en virtud del cual '[s]ólo podrán Sufragar en el exterior los electores y las electoras que posean residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia fuera de Venezuela...'.
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto, conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, por los ciudadanos ARMANDO AZPÚRUA, ELIO BERMÚDEZ, MARÍA DEL CARMEN ZAMBRANO y JORGE CASTILLO, integrantes de la Asociación Civil Defensoría de los Venezolanos en el Exterior, A. C. (DEVENEX), alegando actuar en nombre 'del interés colectivo de [su] asociación civil, y el interés general constitucional', asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, 'en contra de la Circular S/N y sin fecha emanada de la rectora principal Sandra Oblitas Ruzza, quien la suscribe en su condición de Presidenta de la Comisión de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral...', mediante la cual se reitera a las Misiones Diplomáticas y Consultares de la República Bolivariana de Venezuela acreditadas en el exterior, las normas para la inscripción y actualización de datos en el Registro Electoral de los venezolanos residenciados en el extranjero.
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