Sentencia N° 50 — Sala Electoral del TSJ, 2 de junio de 2011
TSJ/SE, Sent. N° 50, Exp. 2009-000076, 02/06/2011
Expediente2009-000076
PonenteFernando Ramón Vegas Torrealba
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2011-06-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar la solicitud de ejecución y desacato de la sentencia N° 119 del 11 de agosto de 2010, presentada por los ciudadanos Yulissa Cecilia González Flores, Fermín Del Valle Gutiérrez Corredor y Marta Salcedo de Calzadilla. Se ordena a la Comisión Electoral de CAPEM cumplir con el mandato de convocar elecciones y presentar un cronograma electoral acorde con lo establecido en el fallo. La Sala destaca que la Comisión Electoral no cumplió con las órdenes impartidas, lo que constituye un desacato a la decisión judicial.
Extracto de la motiva
La parte accionante denuncia el desacato de la aludida sentencia y solicita su ejecución, en vista de que para la fecha de interposición de las solicitudes (04/11/2010; 06/12/2010; 02/02/2011), la referida Comisión Electoral no había cumplido con el dispositivo proferido por esta Sala, el cual es del contenido siguiente: SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por los ciudadanos Yulissa Cecilia González Flores, Fermín Del Valle Gutiérrez Corredor y Marta Salcedo de Calzadilla, contra el proceso de elecciones del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y de los Delegados de CAPEM, para el período 2009-2012, cuyo acto de votación se realizó el 21 de septiembre de 2009, y en consecuencia, se declara: a) La nulidad del proceso electoral celebrado en CAPEM, cuyo acto de votación fue efectuado el 21 de septiembre de 2009. En consecuencia, esta Sala ordena a la misma Comisión Electoral que organizó dicho proceso, que en un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del presente fallo, realice la convocatoria a elecciones y desarrolle el proceso comicial conforme a los lineamientos establecidos en el cuerpo del presente fallo, así como a la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares y los Estatutos internos de la organización.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de ejecución y desacato de la sentencia número 119 del 11 de agosto de 2010, formulada por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 39.279, actuando como apoderado judicial de los recurrentes. En consecuencia se ORDENA: 1.- A la Comisión Electoral de CAPEM que cumpla de manera inmediata con el mandato contenido en la sentencia número 119 de fecha 11 de agosto de 2010, y a tales efectos, publiquen en prensa una convocatoria a elecciones que contenga los cargos a elegir y un cronograma electoral acorde con los lineamientos contenidos en el referido fallo, que incluya las fechas correspondientes a las distintas fases. 2.- A la mencionada Comisión Electoral consignar un ejemplar de la publicación de la convocatoria a elecciones antes aludida dentro de los cinco (5) días continuos siguientes a la notificación de este fallo. Publíquese y regístrese. Notifíquese a la Comisión Electoral de CAPEM y remítase copia de la presente decisión al Consejo de Administración de la referida Caja de Ahorro. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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