Sentencia N° 49 — Sala Electoral del TSJ, 28 de marzo de 2012

TSJ/SE, Sent. N° 49, Exp. AA70-E-2010-070, 28/03/2012
ExpedienteAA70-E-2010-070
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2012-03-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 49, declara con lugar la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia N° 47 del 2 de junio de 2011, que ordenaba la modificación del Reglamento Electoral de la Universidad Nacional Experimental Politécnica 'Antonio José de Sucre' (UNEXPO). La decisión establece que la Rectora de la UNEXPO, RITA ELENA AÑEZ, debe convocar al Consejo Universitario para reformar y publicar el nuevo reglamento en un plazo perentorio, bajo pena de desacato. La Sala reafirma que sus decisiones son de cumplimiento inmediato y no están sujetas a condiciones que suspendan su ejecución.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala emitir pronunciamiento sobre la solicitud realizada por el ciudadano Adrián Bolívar, asistido de abogado y, en tal sentido, observa lo siguiente: Se evidencia del contenido de la diligencia presentada por el compareciente en fecha 8 de febrero de 2012, que la misma se refiere a la solicitud de ejecución forzosa por parte de la Rectora de la UNEXPO, ciudadana Rita Elena Añez, del fallo de la Sala Electoral N° 47 del 2 de junio de 2011, en relación con el mandato proferido por esta Sala a dicha ciudadana relativo a '…que en un plazo perentorio, que no podrá exceder de quince (15) días hábiles de la Universidad, contados a partir de la notificación del presente fallo, proceda a convocar al Consejo Universitario, para que ese órgano colegiado, dentro del lapso de treinta (30) días hábiles, reforme y publique el Reglamento Electoral de la referida Universidad, a fin de ajustar su contenido a las disposiciones de la vigente Ley Orgánica de Educación y a las consideraciones emitidas por esta Sala'. Por su parte, los apoderados judiciales de la ciudadana Rita Elena Añez alegan, en primer término, que no ha existido incumplimiento de la referida sentencia emitida por esta Sala el 2 de junio de 2011, por cuanto se ha acatado el mandato de la Sala, relativo a que la Rectora se mantuviera en el ejercicio de su cargo en la mencionada Casa de Estudios, no obstante ello, resulta oportuno realizar las siguientes consideraciones: Efectivamente esta Sala Electoral estableció el mandato a la referida ciudadana de mantenerse en el cargo de Rectora de la UNEXPO, con la orden de convocar a un Consejo Universitario cuyo objeto sería la reforma del Reglamento Electoral de dicha Casa de Estudios, en acatamiento a las disposiciones de la Ley Orgánica de Educación y el criterio emitido por este órgano jurisdiccional, a fin de proseguir con el proceso electoral a realizarse en la referida Casa de Estudios, de conformidad con el contenido de la sentencia N° 47 del 2 de junio de 2011.

Dispositiva

1.- CON LUGAR la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia de la Sala N° 47 de fecha 2 de junio de 2011, formulada por el ciudadano ADRIÁN JOSÉ BOLÍVAR RAMÍREZ, antes identificado. 2.- Se ORDENA la notificación de la ciudadana RITA ELENA AÑEZ, en su carácter de Rectora de la Universidad Nacional Experimental Politécnica 'Antonio José de Sucre' (UNEXPO), para que en un lapso perentorio, que no podrá exceder de cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir de su notificación, proceda a convocar al Consejo Universitario, para que ese órgano colegiado, dentro del lapso de treinta (30) días hábiles, reforme y publique el nuevo Reglamento Electoral de la referida Universidad, a fin de ajustar su contenido a las disposiciones de la vigente Ley Orgánica de Educación, así como a las consideraciones expuestas por esta Sala, y proseguir con el cumplimiento del mencionado fallo del 2 de junio de 2011 sobre el proceso electoral a desarrollarse en la precitada Casa de Estudios, ello so pena del desacato en que pueda incurrir la referida ciudadana, de conformidad con lo previsto en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

ejecución forzosasentenciaUNEXPOReglamento Electoral

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