La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso contencioso electoral interpuesto por C.A. Cervecería Regional, representada por Alcy Raimond Salazar Lozada, contra los resultados de una elección de delegados de prevención. En la sentencia número 050, dictada el 1° de junio de 2023, se declaró con lugar el recurso y se anuló la elección realizada el 15 de diciembre de 2021, ordenando la reposición del proceso electoral a su fase inicial.
Extracto de la motiva
Con vista a los citados elementos probatorios, esta Sala Electoral, haciendo acopio del principio de inmediación, pues compete en el plano real, verificar la ejecución de su fallo, determina que la sentencia de fondo distinguida con el número 050 del 1° de junio de 2023, se ejecutó voluntariamente, por cuanto la obligación de hacer que recayó en la Comisión Electoral de la sociedad mercantil C.A. CERVECERÍA REGIONAL, se concretó con las elecciones de los Delegados y/o Delegadas de Prevención, el 8 de noviembre de 2023; razón por la cual, este órgano judicial declara terminada la fase de ejecución de este proceso judicial, conforme al cumplimiento voluntario de la sentencia de merito antes referida y ordena el archivo del expediente. Así se establece.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el presente Recurso Contencioso Electoral. SEGUNDO: NULA la elección de delegados de prevención llevada a cabo el 15 de diciembre de 2021, en la Planta Cagua de la sociedad Mercantil C.A. Cervecería Regional, y el acto de reconocimiento que otorgó el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). TERCERO: Se REPONE el proceso electoral a su fase inicial de convocatoria y reconstitución de la Comisión Electoral, supliendo la ausencia de uno de sus miembros fallecidos.