La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional presentada por Freddy Omar Castillo contra la Junta Directiva de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, alegando la falta de convocatoria a elecciones tras el vencimiento del período de funciones de la Junta. Sin embargo, al no comparecer el accionante a la audiencia, la Sala decidió dar por terminado el procedimiento, considerando que la acción no afecta al orden público.
Extracto de la motiva
Visto que la parte accionante no compareció al acto de audiencia oral y pública, y considerando que la acción ejercida no afecta al orden público, esta Sala Electoral declara terminado el presente procedimiento, relativo a la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano Freddy Omar Castillo, contra la Junta Directiva de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del Estado Apure (CAPEEA). Así se establece.
Dispositiva
Declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano FREDDY OMAR CASTILLO, representado por el abogado Elis Humberto Aponte, contra la Junta Directiva de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure (CAPEEA).
Palabras clave
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