Sentencia N° 48 — Sala Electoral del TSJ, 27 de abril de 2017
TSJ/SE, Sent. N° 48, Exp. 2016-000034, 27/04/2017
Expediente2016-000034
PonenteCHRISTIAN TYRONE ZERPA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2017-04-27
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso electoral interpuesto por Ibraim Iglesias y José Francisco González Quevedo, quienes cuestionaron la legalidad del proceso electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos. La Sala declaró sin lugar el recurso, argumentando que los recurrentes no presentaron pruebas suficientes que evidenciaran las irregularidades alegadas en el proceso electoral, y que las decisiones de la Comisión Electoral se ajustaron a derecho. Además, se admitió la intervención de terceros coadyuvantes en el proceso.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral considera que el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos Ibraim Iglesias y José Francisco González Quevedo carece de fundamento suficiente para ser admitido. Los recurrentes alegan vicios en el Reglamento Electoral y en el Cronograma Electoral, así como irregularidades en el proceso de votación. Sin embargo, la Sala determina que no se han presentado pruebas que demuestren la existencia de tales vicios, y que las decisiones tomadas por la Comisión Electoral fueron conforme a lo establecido en los Estatutos de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos. Asimismo, se resalta que los recurrentes no impugnaron el Reglamento Electoral en el tiempo establecido, lo que conlleva a la caducidad de su pretensión. En consecuencia, se desestima el recurso y se confirma la legalidad del proceso electoral realizado el 20 de marzo de 2016.
Dispositiva
PRIMERO: Se ADMITE la intervención de los terceros acreditados en autos, en la condición siguiente: De los ciudadanos Antonio Rafael González Fermín y Douglas Alberto González, anteriormente identificados, como terceros verdadera parte, adhesivos a la parte recurrente. De los ciudadanos Manuel Andrés Rodríguez Aguilar, Juan Antonio Villanueva Maza, Leonardo Emilio Ruiz, Rafael Alexander Montes de Oca Rojas, Carlos Alberto Otero, Andrés Alberto Terán Bravo y María Cecilia De Agrela De Sousa, ya identificados, terceros verdadera parte, adhesivos a la parte recurrente. De los ciudadanos Mario Lissón Morales, Cristóbal Jorge Marrero Ruíz, Franklin Ramón García, Frank Sifontes Nadales, Rodrigo Quinde Saavedra, Alexis Darío García, Franklin Wilfredo Márquez Sánchez, Orlando Álvarez Martínez, Delia Josefina Blanco, Ricardo Fiore y Eduardo Revete Tavares, también identificados, terceros coadyuvantes, adherentes a la parte recurrente. De los ciudadanos Antonio Sousa Martins, Sabino Garban Flores, Josefina del Valle Arias y Héctor Sastoque Pulido, terceros verdadera parte, adherentes a la parte recurrida. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, por los ciudadanos IBRAIM IGLESIAS y JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ QUEVEDO, actuando en su condición de socios propietarios de las acciones números 3.657 y 2.849 de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB CAMPESTRE PARACOTOS, y candidatos de la plancha N° 2 para optar a cargos en la Junta Directiva de la prenombrada asociación civil para el período 2016-2018, asistidos por el abogado Roberto Alí Colmenares, cuyo acto de votación se celebró el domingo 20 de marzo de 2016.
Palabras clave
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