Sentencia N° 47 — Sala Electoral del TSJ, 1 de junio de 2023

TSJ/SE, Sent. N° 047, Exp. 2022-000038, 01/06/2023
Expediente2022-000038
PonenteCARYSLIA BEATRÍZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-06-01
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Didalco Antonio Bolívar Graterol, quien alegó que su partido, el Movimiento por la Democracia Social (PODEMOS), no había respaldado la candidatura de Henrique Capriles Radonski. La Sala aceptó la declinatoria de competencia de la Sala Constitucional y declaró la acción inadmisible, argumentando que la situación denunciada no era susceptible de reparación debido a que los hechos ocurrieron en el contexto de elecciones pasadas.

Extracto de la motiva

Ello, alegando la presunta conculcación de su derecho constitucional de asociarse con fines políticos, mediante métodos democráticos de organización, funcionamiento y dirección, contenido en el artículo 67 de nuestra Carta Magna, de lo que se desprende la naturaleza electoral que subyace a la presente acción, y visto que la parte presuntamente agraviante no figura entre los órganos establecidos en el numeral 22 del artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cuyo conocimiento está reservado a la Sala Constitucional; esta Sala Electoral acepta la declinatoria de competencia formulada por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, mediante sentencia N° N° 00131, dictada el 14 de junio de 2022, y en consecuencia asume la competencia para conocer, tramitar y decidir la causa de autos de conformidad con el numeral 3 del artículo 27 eiusdem. Así se establece.

Dispositiva

1.- ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA efectuada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia mediante sentencia dictada el 14 de junio de 2022; en consecuencia se declara COMPETENTE para conocer y decidir la acción interpuesta. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionalPODEMOSHenrique Capriles Radonskideclinatoria de competencia

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