Sentencia N° 47 — Sala Electoral del TSJ, 26 de abril de 2007
TSJ/SE, Sent. N° 47, Exp. 07-000023, 26/04/2007
Expediente07-000023
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2007-04-26
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso electoral interpuesto por ARNOLDO MENA y JOSÉ ALBARRÁN, quienes impugnaron la elección de autoridades de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA) por considerar que los electos eran inelegibles. La Sala admitió el recurso y declaró con lugar la solicitud de amparo cautelar, ordenando la desincorporación de los ciudadanos electos y la conformación de un Consejo ad hoc para garantizar la continuidad de la Caja de Ahorros. La decisión se fundamentó en la presunción de violación del derecho al sufragio y la inelegibilidad de los candidatos electos por haber ejercido cargos en períodos consecutivos.
Extracto de la motiva
La jurisprudencia de esta Sala ha sido clara en determinar que no es posible, en el caso de las Cajas de Ahorro, una tercera elección consecutiva de sus autoridades, ya que una contravención a este postulado sería una violación al derecho al sufragio de sus miembros. En virtud de lo anterior, observa esta Sala que en esta etapa del proceso y a reserva de lo que pudiera resultar consumado en el debate probatorio, que en el presente caso se configura el fumus boni iuris constitucional, ya que de los elementos de autos arriba reseñados, se constata la existencia de la presunción de que aparentemente los ciudadanos antes mencionados fueron reelegidos para un tercer período consecutivo en cargos de dirección de la Caja de Ahorros de los Docentes “Estatales” de Barinas (CADEBA), lo cual sería atentatorio del derecho al sufragio del recurrente, conforme al marco legal y jurisprudencial ya referido.
Dispositiva
PRIMERO: ASUME LA COMPETENCIA para conocer de la presente causa. SEGUNDO: ADMITE el presente recurso contencioso electoral, y se ordena notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Docentes “Estatales” de Barinas (CADEBA) y al Ministerio Público. Una vez que consten en autos las notificaciones anteriores se ORDENA librar el cartel de emplazamiento a que se refiere el artículo 244 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. TERCERO: Declara CON LUGAR la solicitud de medida de amparo cautelar interpuesta conjuntamente con recurso contencioso electoral por los ciudadanos Arnoldo Mena y José Albarrán, antes identificados. CUARTO: Ordena la desincorporación de los ciudadanos Ramón Montilla, Asdrúbal Delgado, Luís Ramírez, Maira Quintero, Pier Pirela, Victoria Hernández y Eugenio Rodríguez, de sus cargos en el Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorros de los Docentes “Estatales” de Barinas (CADEBA). QUINTO: Ordena la conformación de un Consejo de Administración y Vigilancia ad hoc de la Caja de Ahorros de los Docentes “Estatales” de Barinas (CADEBA), integrado por dos miembros designados por la Gobernación del Estado Barinas y un tercero designado por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, el cual informará a este órgano judicial del cumplimiento de la presente decisión.
Palabras clave
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