La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia en relación a una solicitud de adhesión y medida cautelar presentada por ciudadanos estudiantes de la Universidad Central de Venezuela. La solicitud buscaba suspender un proceso electoral alegando violaciones a derechos constitucionales. La Sala, tras analizar las actas procesales, declaró inoficioso el examen de las solicitudes debido a la declaratoria de abandono del trámite en la acción de amparo constitucional relacionada con el caso principal.
Extracto de la motiva
Visto lo anterior, es necesario advertir que la naturaleza de las medidas cautelares innominadas y el carácter instrumental de las mismas conlleva como consecuencia que el pronunciamiento respecto de los requisitos de procedencia de la pretensión cautelar sea indisoluble a las resultas de lo principal, cuando este ha sido decidido. Por lo tanto, solo tendrán vigencia en relación a la cuestión principal que se discute en el proceso. En virtud que el presente asunto contiene peticiones accesorias al resultado de la causa principal que ha sido decidida al declararse el abandono del trámite y la terminación del procedimiento, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara Inoficioso el examen de los fundamentos de la solicitud de adhesión de terceros en la acción principal, así como los requisitos de procedencia de la pretensión cautelar formulada en el presente cuaderno separado en fecha 03 de marzo de 2017 por los ciudadanos Robinson Velásquez, Jocsen Alvarado y Otto Moreno, asistidos por el abogado César Villa, identificados. Así se decide.
Dispositiva
INOFICIOSO el examen de las solicitudes de intervención de terceros y de suspensión cautelar del proceso electoral de representantes estudiantiles ante el Gobierno universitario de la Universidad Central de Venezuela (UCV), presentadas en fecha 03 de marzo de 2017.
Palabras clave
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