Sentencia N° 46 — Sala Electoral del TSJ, 28 de marzo de 2012

TSJ/SE, Sent. N° 46, Exp. AA70-E-2011-056, 28/03/2012
ExpedienteAA70-E-2011-056
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2012-03-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 93, declara con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Asdrúbal Hernández contra la Resolución N° 110512-0074 del Consejo Nacional Electoral, que había declarado inadmisible su recurso jerárquico. La Sala considera que el recurso cumplió con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Procesos Electorales y que la resolución impugnada incurrió en un falso supuesto de hecho. En consecuencia, se ordena al Consejo Nacional Electoral que se pronuncie nuevamente sobre la admisión del recurso jerárquico, sin tomar en cuenta las causales de inadmisibilidad previamente alegadas.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral, al examinar el recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano Asdrúbal Hernández, señala que el mismo se fundamenta en la alegación de que la Resolución N° 110512-0074, emitida por el Consejo Nacional Electoral, incurrió en vicios que afectan su validez. En este sentido, se argumenta que la resolución no tomó en cuenta los elementos probatorios presentados por el recurrente y que no se identificó con claridad el acto impugnado. La Sala, al analizar los argumentos expuestos, concluye que el recurso jerárquico sí cumplió con los requisitos establecidos en los numerales 2 y 4 del artículo 206 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, lo que lleva a la declaración de nulidad de la resolución impugnada y a la reposición del procedimiento al estado de que el Consejo Nacional Electoral se pronuncie nuevamente sobre la admisión del recurso jerárquico.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano Asdrúbal Hernández, asistido por el abogado Julio César Narváez Safontt, contra la Resolución N° 110512-0074, de fecha 12 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 569, de fecha 30 de mayo de 2011, en la cual el Consejo Nacional Electoral declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el proceso electoral relativo a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (SINAEPMECD). En consecuencia: 1.- Se declara NULA la mencionada resolución. 2.- Se REPONE el procedimiento al estado de que el Consejo Nacional Electoral se pronuncie nuevamente sobre la admisión del recurso jerárquico, sin tomar en cuenta las causales establecidas en los numerales 2 y 4 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, y que, de resultar admisible, continúe su tramitación mediante el procedimiento correspondiente.

Palabras clave

recurso contencioso electoralConsejo Nacional Electoralnulidadproceso electoral

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