Sentencia N° 45 — Sala Electoral del TSJ, 2 de junio de 2011
TSJ/SE, Sent. N° 45, Exp. 2010-000081, 02/06/2011
Expediente2010-000081
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2011-06-02
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Bulmaro Elías Rodríguez Sosa contra la Resolución N° 100623-0194 del Consejo Nacional Electoral, que declaró inadmisible su impugnación a las postulaciones de candidatos a la Asamblea Nacional. La Sala concluye que el Consejo actuó conforme a derecho al declarar inadmisible el recurso por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Procesos Electorales.
Extracto de la motiva
La Sala pasa a examinar las denuncias formuladas por la parte recurrente en los términos que se exponen a continuación: En cuanto a la denuncia de que la Resolución está viciada por inmotivada y en consecuencia resulta lesiva de su derecho a la defensa, al no analizar los argumentos esgrimidos en el recurso administrativo, que estaban vinculados a la denuncia de violación de lo establecido en el artículo 67 de la Constitución. Se vulnera igualmente lo dispuesto en los artículos 49 y 67 de la Constitución, y en consecuencia lo previsto en el artículo 55 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. La respuesta dada por el Consejo Nacional Electoral no cumple con los requisitos exigidos en el artículo 51 de la Constitución, dado que hay una omisión de pronunciamiento en relación con el objeto de la pretensión. La omisión de pronunciamiento acerca de las denuncias implica también un desconocimiento de lo previsto en los artículos 51 y 55 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Se contraviene lo dispuesto en el artículo 44 numeral 10 del Reglamento Nº 1 aprobado por el Consejo Nacional Electoral en fecha 8 de febrero de 2010, al no haber exigido a los partidos políticos constancia de la forma en que fueron seleccionados los candidatos a cargos de elección popular.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto por la abogada Mónica Andrea Rodríguez Flores, actuando en su carácter de Defensora Pública con competencia para actuar ante esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en representación del ciudadano Bulmaro Elías Rodríguez Sosa, contra la Resolución N° 100623-0194, de fecha 23 de junio de 2010, emanada del Consejo Nacional Electoral, que declaró inadmisible la impugnación interpuesta por el prenombrado ciudadano el 15 de junio de 2010, ante la Junta Regional Electoral del estado Bolívar, contra las postulaciones de candidatos y candidatas a la Asamblea Nacional para el proceso electoral convocado para el 26 de septiembre de 2010.
Palabras clave
constitucionprocesos electoralescandidaturasimpugnacionconsejo nacional electoralderechos politicos