Sentencia N° 45 — Sala Electoral del TSJ, 9 de marzo de 2006
TSJ/SE, Sent. N° 45, Exp. 06-000013, 09/03/2006
Expediente06-000013
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-03-09
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara la terminación del procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por varios ciudadanos contra la Comisión Electoral Nacional del Instituto de Previsión Social del Odontólogo. La Sala argumenta que la inactividad de los demandantes durante un periodo de nueve años constituye un abandono del trámite, lo que lleva a la extinción de la instancia. Además, se impone una multa a los actores por entorpecer la labor judicial.
Extracto de la motiva
La Sala estima que la inactividad por nueve (9) años de la parte actora en la presente solicitud de amparo, acción sobre la cual ni tan siquiera ha habido pronunciamiento sobre su admisión o rechazo, comporta el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y, con ello la extinción de la instancia. Así se decide.
Dispositiva
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara LA TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la pretensión de amparo intentado por los ciudadanos REINALDO CAMPOS GIRAL, MARÍA M. BLANCO de AMAYA, MERY D´HERS de CAMPOS y JAIME HENRIQUEZ, el 29 de enero de 1996, en reclamación de su derecho a participar en el proceso electoral para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Odontólogo.
Palabras clave
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