Sentencia N° 45 — Sala Electoral del TSJ, 30 de abril de 2003
TSJ/SE, Sent. N° 45, Exp. 03-000002, 30/04/2003
Expediente03-000002
PonenteALBERTO MARTINI URDANETA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2003-04-30
DecisiónNO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara que no hay materia sobre la cual decidir respecto al recurso contencioso electoral interpuesto por Ricardo Gutiérrez e Ismael García, quienes impugnaron la Resolución N° 021203-457 del Consejo Nacional Electoral que convocó un referendo consultivo. La Sala considera que, tras la declaración de nulidad de dicha resolución en una sentencia anterior, ya no existe un asunto pendiente de resolución. La decisión se fundamenta en la falta de materia actual para pronunciarse sobre el caso.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara que: NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR con relación al recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos RICARDO GUTIÉRREZ e ISMAEL GARCÍA, antes identificados. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente.
Palabras clave
referendo consultivoConsejo Nacional Electoralnulidadrecurso contencioso electoralderechos políticosvotaciónelectoresprocedimiento administrativo