La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por Yonys Antonio González Andrade contra la Resolución N° 140702-0112 del Consejo Nacional Electoral, que declaró inadmisible su recurso jerárquico relacionado con el proceso electoral del 8 de diciembre de 2013. La Sala consideró que tenía competencia para conocer el caso, dado que el acto impugnado provenía del órgano rector del Poder Electoral y estaba vinculado a un proceso comicial. Sin embargo, la solicitud de medida cautelar innominada fue declarada improcedente por no cumplir con los requisitos necesarios para su admisión.
Extracto de la motiva
La parte recurrente fundamentó el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar, en lo dispuesto en los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 35, 36, 37 y 215.3 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales; 28 del Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales; 72, 73, 82 y 83 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, así como también, en los criterios jurisprudenciales contenidos en los fallos de fechas 16 de septiembre de 2002 y 07 de agosto de 2013 de esta Sala Electoral. Seguidamente, la parte recurrente narró los hechos que dieron lugar a la interposición del recurso jerárquico ante el Consejo Nacional Electoral, señalando expresamente lo siguiente: 'Actuando en [su] condición de candidato a la Alcalde (sic) del Municipio (sic) Sucre del Estado (sic) Zulia, en fecha 29 de enero de 2014, [postuló] por ante el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (C.N.E.) recurso jerárquico contra el proceso electoral realizado el día 8 de diciembre de 2013 (sic) en el Municipio (sic) Sucre del estado Zulia donde [solicitó] la nulidad total y absoluta del proceso electoral que dio como ganador al ciudadano HUMBERTO FRANCA (...) y a quien la Junta Electoral acreditó como Alcalde con 10.366 votos (46.61%), ocupando (...) YONYS GONZALEZ el segundo lugar con 9.758 votos (43,88%), en tercer lugar el ciudadano DEMIAN ARRIECHE con 1.918 votos (8,62%) y en cuarto lugar el ciudadano ALIRIO ALMAO con 194 votos (0.87%). La diferencia entre el primero y segundo lugar fue de SEISCIENTOS OCHO (608) votos.'
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano Yonys Antonio González Andrade, asistido por los abogados Vicente Padrón y Yobani Manzanillo, contra '…la Resolución N° 140702-0112 de fecha 02 de julio de 2014 dictada por el Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 724 de fecha 28 de agosto de 2014, que declaro INADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral realizado el 08 de diciembre de 2013, para elegir al Alcalde del Municipio (sic) Sucre del estado Zulia'. SEGUNDO: ADMITE el recurso contencioso electoral. TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. Publíquese, regístrese y notifíquese.