Sentencia N° 42 — Sala Electoral del TSJ, 22 de abril de 2003

TSJ/SE, Sent. N° 42, Exp. X-03-00011, 22/04/2003
ExpedienteX-03-00011
PonenteALBERTO MARTINI URDANETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2003-04-22
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la solicitud de amparo cautelar interpuesta por los ciudadanos Lubis Manuel Heras Sánchez y Eddy Bladimir Coronado Colmenares en contra de los actos del proceso comicial del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Valencia. La Sala argumenta que no se presentaron elementos probatorios que justifiquen la suspensión de los actos impugnados, ya que el proceso comicial ya se había consumado y no era posible retrotraer sus efectos.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala, en este estado, pronunciarse sobre la medida de amparo cautelar solicitada, para lo cual debe señalar que ha sido criterio reiterado que en el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con acción de amparo constitucional, en la que ésta última se convierte en accesoria de la acción principal, la pretensión cautelar persigue otorgar a la parte presuntamente afectada en el ámbito o esfera de sus derechos constitucionales, una protección temporal pero inmediata, en virtud de la naturaleza de la lesión alegada, permitiendo, con ello, la restitución de la situación jurídica infringida al estado en que se encontraba antes de que ocurriera la violación, mientras se dicte la decisión definitiva que resuelva el juicio o la acción principal, siendo, por tanto, tal protección anticipada, la verdadera esencia de la medida cautelar. Así, a los fines de acordar una protección cautelar, resulta necesario que la acción de amparo, ejercida conjuntamente con el recurso contencioso, tenga por objeto impedir que el acto impugnado cause sus efectos, o que éstos dejen de producirse, y así no se lesionen los derechos y garantías constitucionales amenazados, de manera que, la acción de amparo cautelar debe ir dirigida al acto cuya nulidad ha sido solicitada o, de ser el caso, contra sus efectos.

Dispositiva

1.- IMPROCEDENTE la pretensión de amparo cautelar interpuesta, conjuntamente con recurso contencioso electoral, por los ciudadanos LUBIS MANUEL HERAS SÁNCHEZ, y EDDY BLADIMIR CORONADO COLMENARES, éste último asistiendo al primero y actuando también en nombre propio, en contra de “(...) Todos y cada uno de los actos y actuaciones materiales que integran el proceso comicial celebrado, a partir de la convocatoria efectuada por el Alcalde del Municipio Valencia del Estado Carabobo, Francisco Cabrera Santos; para la elección de los representantes, ante el Consejo Local de Planificación pública del Municipio Valencia del Estado Carabobo, de las organizaciones vecinales de las Parroquias Candelaria, Catedral, Negro Primero, Miguel Peña, Rafael Urdaneta, San Blas, San José, Santa Rosa y Socorro del Municipio Valencia del Estado Carabobo, así como de los demás sectores de la sociedad civil organizada que hacen vida activa en el comercio, educación, cultura, deportes, educación superior, salud, ambiente, gremios profesionales, construcción turismo y transporte; y (...) Del acto de instalación del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Valencia del Estado Carabobo celebrado, en fecha 10 de octubre de 2002, con el concurso de los representantes de las organizaciones vecinales y de los demás sectores de la comunidad organizada valenciana que resultaron electos en el proceso comicial impugnado. 2.- Se ordena la remisión del presente cuaderno separado al Juzgado de Sustanciación, a los fines de sea agregado a la pieza principal a objeto de que se emita en ésta el pronunciamiento correspondiente a las causales de inadmisibilidad relativas a la caducidad y al agotamiento de la vía administrativa y, sólo en caso de que el mismo resulte admitido se abrirá cuaderno separado a los efectos de decidir acerca de la medida cautelar innominada solicitada, de manera subsidiaria, por la parte recurrente.

Palabras clave

amparo cautelarproceso comicialConsejo Local de Planificación Públicaderecho al sufragioinadmibilidadelectorescomunidad organizadaparticipación ciudadana

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