Sentencia N° 41 — Sala Electoral del TSJ, 13 de abril de 2004

TSJ/SE, Sent. N° 41, Exp. 04-000038, 13/04/2004
Expediente04-000038
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-04-13
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por el Teniente Coronel Luis Augusto Zapata Rojas contra el Ministro de la Defensa, debido a la falta de respuesta a su solicitud de pase a retiro. La Sala declaró su incompetencia para conocer del caso, argumentando que corresponde a la Sala Constitucional, dado que el Ministro de la Defensa es un alto funcionario del Ejecutivo. La decisión se basa en la interpretación de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional.

Extracto de la motiva

Por ser función de esta Sala, según el artículo 335 de la Constitución, la interpretación de dicha Carta Magna, es claro que la materia de su conocimiento abarca las infracciones constitucionales, como lo demuestran las atribuciones que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela otorga a la Sala Constitucional en su artículo 336. Esta circunstancia la convierte en la Sala que por la materia tiene la competencia para conocer, según el caso, de las acciones de amparo constitucional propuestas conforme a la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Por otra parte, debido a su condición de juez natural en la jurisdicción constitucional, la competencia que contempla el artículo 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales ha desaparecido, ya que la materia constitucional corresponde a esta Sala.

Dispositiva

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara Incompetente para decidir la presente acción de amparo intentada por el ciudadano Teniente Coronel LUIS AUGUSTO ZAPATA ROJAS, antes identificado, contra el Ministro de la Defensa y ordena remitir el Expediente a la Sala Constitucional a los fines de Regulación de Competencia.

Palabras clave

acción de amparopase a retiroderecho a la participacióndebido procesodiscriminaciónLey Orgánica de AmparoMinisterio de la Defensajurisprudencia

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