La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia número 20, donde se declara la perención de la instancia en el recurso contencioso electoral interpuesto por FABIANA ROSA ALFONZO BELLO contra la COMISIÓN ELECTORAL de la Federación y el INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES. La decisión se basa en el incumplimiento de la parte recurrente de la carga procesal de retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento en el plazo establecido por la ley.
La sentencia resalta que la perención de la instancia no extingue el derecho, pero sí deja sin efecto el proceso, permitiendo que la acción pueda ser interpuesta nuevamente dentro del lapso legal. Se enfatiza la importancia de cumplir con las formalidades procesales para garantizar la continuidad del procedimiento contencioso electoral.
Finalmente, la Sala declara la perención de la instancia por no existir razones de orden público que justifiquen la continuación del procedimiento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.
Extracto de la motiva
Que “De conformidad con los principios rectores del deporte, establecidos en los Artículos 2 y 31 de la Ley Orgánica del Deporte en concordancia con los artículos 10, 13, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32 del su Reglamento Parcial N° 1, el IND está obligado a dar cuenta de su responsabilidad en el ejercicio de la función pública y social con sometimiento pleno a la ley, por lo tanto, es inexcusable que no haya organizado ni emitido un pronunciamiento oficial y oportuno sobre la base de datos de la Federación por ante el Registro Nacional del Deporte bajo su responsabilidad; además, no haya emitido un pronunciamiento oficial sobre la evaluación de los estatutos federativos, no los haya avalado previo a los comicios federativos, exigiendo su protocolización ante el Registro Público y tramitando su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Dispositiva
Declara la Perención de la Instancia en el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto el 26 de febrero de 2018.