Sentencia N° 39 — Sala Electoral del TSJ, 18 de marzo de 2015

TSJ/SE, Sent. N° 39, Exp. AA70-E-2013-000076, 18/03/2015
ExpedienteAA70-E-2013-000076
PonenteJHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2015-03-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 39, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por Jesús Alberto Villarreal, Presidente de la Asociación de Deportes Acuáticos del Distrito Capital, en contra del proceso electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) finalizado el 11 de agosto de 2013. Se argumentó que el proceso electoral fue viciado por la falta de aprobación del estatuto y la ausencia de un cronograma electoral adecuado, así como la imposibilidad de la Asociación de ejercer su derecho al voto.

Extracto de la motiva

El recurrente fundamenta la interposición del recurso contencioso electoral en lo siguiente: '… acudimos a este máximo Tribunal con el fin de buscar justicia, para IMPUGNAR el proceso electoral finalizado el 11 de agosto del 2013 para la elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor del período 2013-2017 de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE DEPORTES ACUÁTICOS… Se solicita impugnar el proceso electoral finalizado el 11 de agosto del 2013 para la elección de la Junta Directiva FEDERACIÓN VENEZOLANA DE DEPORTES ACUÁTICOS, por una serie de violaciones al proceso electoral que se produjeron porque en primer lugar se empezó a aplicar un estatuto de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos que no estaba aprobado por la Asamblea. En segundo lugar existió falta absoluta de un cronograma electoral y un reglamento electoral que establecieran las fases de convocatoria, padrón electoral, postulaciones, propaganda y elecciones. En tercer lugar, al momento de las votaciones había más votos que votantes. Y en cuarto lugar, de forma flagrante impidieron que la Asociación de Deportes Acuáticos del Distrito Capital pudiera ejercer su voto al no permitirle que su delegado votara en el acto electoral del 11 de agosto del 2013.'

Dispositiva

Por lo expuesto, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, declara con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Jesús Alberto Villarreal, y en consecuencia, se anula el proceso electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos finalizado el 11 de agosto de 2013, así como el estatuto aprobado el 14 de julio de 2013.

Palabras clave

impugnaciónproceso electoralFEVEDAasociacióndeportes acuáticos

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