Sentencia N° 38 — Sala Electoral del TSJ, 29 de mayo de 2013

TSJ/SE, Sent. N° 38, Exp. AA70-E-2013-000009, 29/05/2013
ExpedienteAA70-E-2013-000009
PonenteFERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-29
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de interpretación del artículo 34 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones Similares, presentado por el abogado Efraín Antonio Álvarez Piñate en representación de Karl Augusto Cedeño Tovar. La Sala determinó su competencia para conocer del recurso, pero concluyó que la solicitud era inadmisible, ya que el recurrente no presentó un punto oscuro o dudoso en la norma, sino que buscaba una opinión jurídica sobre una situación futura relacionada con la reelección de miembros del Consejo de Administración de las Cajas de Ahorro.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el recurrente en su planteamiento no exhibe algún punto oscuro o dudoso en la norma objeto de su pretensión, sino que persigue obtener un dictamen u opinión jurídica que asigne una situación fáctica futura en la que es evidente que tiene un interés. Esta afirmación se refuerza con los mismos argumentos y ejemplos expresados en el recurso, en los que concluye que la norma anterior contemplaba un supuesto de inelegibilidad que fue suprimido en la Ley vigente, respondiéndose él mismo la supuesta interrogante existente.

Dispositiva

1.- COMPETENTE esta Sala Electoral para decidir el recurso de interpretación ejercido por el abogado Efraín Antonio Álvarez Piñate, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 116.254, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Karl Augusto Cedeño Tovar, titular de la cédula de identidad número 8.169.205, actuando con el carácter de Presidente de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, del artículo 34 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares, publicada en Gaceta oficial N° 39.553 del 16 de noviembre de 2010. 2.- INADMISIBLE el recurso de interpretación ejercido.

Palabras clave

interpretacioncajas de ahorroreeleccionconsultivainadmisionnormativa

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