La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió parcialmente el recurso contencioso electoral interpuesto por LUIS GERMÁN CASTILLO ZAMBRANO, declarando nula la convocatoria a la Asamblea de Asociados del 28 de abril de 2018, donde se conformó la Comisión Electoral, por no haberse cumplido con la debida publicidad. Se ordena la reposición del proceso electoral al estado de nueva convocatoria para la elección de la Comisión Electoral, en un plazo de quince días. La decisión resalta la importancia de la publicidad en los procesos electorales como garantía del derecho al sufragio.
Extracto de la motiva
motiva del presente fallo. El 12 de febrero de 2019, el Juzgado de Sustanciación declaró vencido el lapso de evacuación de pruebas y designó ponente a la Magistrada Grisell de los Ángeles López Quintero, al tiempo que fijó en el día 12 de marzo de 2019 la oportunidad para que las partes rindiesen informes orales. El Juzgado de Sustanciación acordó la reprogramación de la audiencia de informes orales, para el día 28 de marzo de 2019 y luego para el 9 de abril de 2019, fecha en la que tuvo lugar. El 15 de mayo de 2019, el representante del Ministerio Público consignó escrito ratificando lo expresado en sus informes orales. Por auto del 15 de mayo de 2019, el Juzgado de Sustanciación acordó prorrogar por quince (15) días el lapso para dictar sentencia en la presente causa. Efectuado el estudio de las actas que conforman el expediente, esta Sala pasa a decidir, conforme a las siguientes consideraciones: II
Dispositiva
1.- SE ADMITE, la intervención como tercero verdadera parte, del ciudadano Robin Luis Gámez Avilés, venezolano identificado con la cédula de identidad número 4.165.023. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el presente Recurso Contencioso Electoral interpuesto el 27 de junio de 2018, por el ciudadano LUIS GERMÁN CASTILLO ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad número 4.627.592, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 154.535. 3.- NULA la convocatoria de fecha 3 de marzo de 2018, también remitida a los socios mediante correo electrónico del 17 de abril de 2018, a una Asamblea de Asociados celebrada el 28 de abril de 2018 en la cual se conformó la Comisión Electoral para dirigir el proceso de renovación de autoridades de la Caja de Ahorros de los Jubilados y Pensionados de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención, DISIP, “CAJUPDISIP”. 4.- NULOS todos los actos posteriores que hubiese gestionado la Comisión Electoral emanada del seno de la Asamblea convocada el 3 de marzo de 2018 y celebrada el 28 de abril de 2018, por no haberse cumplido con la publicidad correspondiente. 5.- SE REPONE EL PROCESO ELECTORAL AL ESTADO DE NUEVA CONVOCATORIA de los asociados para una Asamblea Extraordinaria cuyo punto único a tratar será la elección de la Comisión Electoral, y SE ORDENA a los miembros del Consejo de Administración realizarla de conformidad con lo establecido en la Ley de Cajas de Ahorros, Fondos de Ahorros y Asociaciones Similares, y con lo expresado en el presente fallo, en el plazo de quince (15) días continuos contados a partir de la publicación del presente fallo.
Palabras clave
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