La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria presentada por Manuel Rivas, en relación a la sentencia número 19 dictada el 20 de julio de 2020. El solicitante argumentó que la sentencia autorizaba a la Junta Directiva Ad Hoc del partido Movimiento Republicano a realizar postulaciones para las elecciones de diputados. Sin embargo, la Sala determinó que la solicitud fue presentada fuera del plazo legal establecido, lo que llevó a declarar la solicitud como inadmisible.
Extracto de la motiva
Dado que la decisión con respecto a la cual se solicita la aclaratoria fue publicada en fecha 20 de julio de 2020, esto es, dentro del lapso establecido legalmente para dictar la decisión, se entiende que el lapso procesal para solicitar la aclaratoria del fallo, corresponde al mismo día o al día de despacho siguiente de haber sido dictado. Al tratarse entonces de un fallo dictado dentro del lapso previsto para ello, resulta claro que la solicitud de aclaratoria en el presente caso debía ser interpuesta en los días 20 de julio o 7 de octubre de 2020, es decir, en el día de la publicación de la sentencia o en el día de despacho siguiente. Visto que el escrito contentivo de la solicitud de aclaratoria, fue presentado ante esta Sala el día 20 de octubre de 2020, resulta forzoso para este órgano jurisdiccional declarar inadmisible dicha solicitud. Así se declara.
Dispositiva
Declara INADMISIBLE la solicitud de aclaratoria presentada en fecha 20 de octubre de 2020, por el ciudadano Manuel Rivas, asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, de la sentencia número 19 dictada en fecha 20 de julio de 2020.