Sentencia N° 35 — Sala Electoral del TSJ, 11 de marzo de 2008

TSJ/SE, Sent. N° 35, Exp. 07-000010, 11/03/2008
Expediente07-000010
PonenteRAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2008-03-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La sentencia se refiere a un desacato de decisiones previas de la Sala Electoral por parte de la Junta Directiva de la Asociación Civil Carenero Yacht Club. Se denuncia la extralimitación de funciones de la Junta, incluyendo la venta de acciones y la modificación de contratos sin asamblea. La Sala ordena a la Junta y al Consejo Nacional Electoral remitir un informe sobre la situación del proceso electoral en un plazo de cinco días hábiles.

Extracto de la motiva

Ahora bien, del contexto de la solicitud formulada podría deducirse la falta de ejecución de la sentencia número 124, emitida por esta Sala en fecha 31 de julio de 2007, razón por la cual, con base en lo previsto en el artículo 253, primer aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que textualmente señala: “Corresponde a los órganos del Poder Judicial […] ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias”, y en virtud de lo previsto en el artículo 21, décimo tercer aparte, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, ORDENA a la actual Junta Directiva de la Asociación Civil Carenero Yacht Club y al Consejo Nacional Electoral que, en un lapso de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, remitan un informe en el que expliquen la situación en que se encuentra el proceso electoral ordenado por esta Sala en dicha Asociación.

Dispositiva

ORDENA a la actual Junta Directiva de la Asociación Civil Carenero Yacht Club y al Consejo Nacional Electoral que, en un lapso de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, remitan un informe en el que expliquen la situación en que se encuentra el proceso electoral ordenado por esta Sala en dicha Asociación.

Palabras clave

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