Sentencia N° 35 — Sala Electoral del TSJ, 8 de abril de 2003

TSJ/SE, Sent. N° 35, Exp. 02-000103, 08/04/2003
Expediente02-000103
PonenteALBERTO MARTINI URDANETA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2003-04-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia aclara la sentencia Nº 21 dictada el 12 de marzo de 2003, en respuesta a la solicitud de aclaratoria presentada por la abogada Anna María de Stéfano Lo Piano. La solicitud se centra en la interpretación del artículo 141 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, específicamente sobre el concepto de 'foro propio' y las atribuciones del Consejo Nacional Electoral en relación con las Asambleas de Ciudadanos. La Sala reafirma que su función es interpretar la norma sin asumir funciones reglamentarias, y aclara que el Consejo Nacional Electoral puede organizar elecciones a solicitud de la sociedad civil.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, al analizar la solicitud de aclaratoria, establece que el Código de Procedimiento Civil permite al juez acordar la aclaratoria de sentencias bajo ciertos requisitos. En este caso, se determina que la solicitud fue presentada dentro del plazo y que su objeto es aclarar puntos dudosos. La Sala reafirma que su interpretación del artículo 141 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente no excede su competencia y que la sociedad, en foro propio, tiene la facultad de establecer los requisitos para la elección de sus representantes. Además, aclara que el Consejo Nacional Electoral puede apoyar técnicamente la organización de elecciones, pero no puede regular el proceso electoral de manera autónoma.

Dispositiva

Por todas las razones anteriormente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, deja aclarada en los términos contenidos en el presente fallo, la sentencia Nº 21 dictada por esta Sala Electoral en fecha 12 de marzo de 2003.

Palabras clave

foro propioConsejo Nacional ElectoralAsambleas de CiudadanosLey Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescenteaclaratoriaderechos de los niñosparticipación ciudadanacompetencias

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