Sentencia N° 33 — Sala Electoral del TSJ, 20 de abril de 2023

TSJ/SE, Sent. N° 033, Exp. 2022-00021, 20/04/2023
Expediente2022-00021
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2023-04-20
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la decisión Nro. 033, declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Maribel Carvajal García, quien impugnó el proceso electoral del Tribunal Disciplinario del Centro Italiano Venezolano de Oriente (CIVO) por supuestas irregularidades en la elección. La Sala anuló el proceso electoral realizado el 13 de marzo de 2022, argumentando que los miembros de la Plancha Nro. 2 no cumplieron con el requisito de separarse de sus cargos con tres meses de antelación, tal como lo estipulan los Estatutos Sociales de la asociación.

Extracto de la motiva

motivación alguna, en fecha 18 de febrero de 2022. Destacó que solicitaron opinión al asesor legal de la Asociación, abogado Carlos Cedeño, en la que puede evidenciarse que la solicitud de inhabilitación de la Plancha Nro. 2 está apegada a lo establecido en los estatutos de la organización, e invocó el contenido de la sentencia de la Sala Electoral Nro. 60 del 25 de abril de 2016, relativa a las funciones de los Tribunales Disciplinarios. 2.- Ausencia de Cronograma Electoral: Refirió que el Comité Electoral del Centro Italiano Venezolano de Oriente (CIVO) no entregó desde un principio el Cronograma Electoral, en forma escrita, ni a través de correo electrónico, y que solamente les llegó por vía del WhatsApp la convocatoria para una reunión de carácter obligatorio el día viernes 11 de febrero “…con todas las Planchas inscritas en los comicios electorales de [ese Centro] [correspondiente al] período 2022-2024, para un acto de reconocimiento con el COMITÉ ELECTORAL 2022-2024, que tenía por finalidad la aclaración o cualquier duda con respecto al proceso electoral, y ‘para conoce

Dispositiva

1.- Se ANULA el proceso comicial llevado a cabo en la prenombrada Asociación Civil, únicamente en lo atinente a la elección del Tribunal Disciplinario para el período 2022-2024. 2.- Se REPONE el proceso electoral destinado a la elección del Tribunal Disciplinario para el período 2022-2024, a la fase en que la COMISIÓN ELECTORAL del CENTRO ITALIANO VENEZOLANO DE ORIENTE (CIVO) abra el lapso de postulaciones.

Palabras clave

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