Sentencia N° 33 — Sala Electoral del TSJ, 11 de mayo de 2011

TSJ/SE, Sent. N° 33, Exp. 2009-000083, 11/05/2011
Expediente2009-000083
PonenteFernando Ramón Vegas Torrealba
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2011-05-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia número 33, en la que se declara con lugar la solicitud de ejecución de la sentencia número 90, que había declarado nula la convocatoria electoral del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP) y ordenado la realización de un nuevo proceso electoral. La Sala ordena a la Comisión Nacional Electoral del MEP que publique de inmediato la convocatoria a elecciones en todos los niveles de autoridad del partido, cumpliendo con los lineamientos establecidos en la sentencia anterior. Se advierte que el incumplimiento de esta orden podría acarrear sanciones.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la Comisión Nacional Electoral del MEP incumplió el mandato contenido en la sentencia número 90 de fecha 16 de junio de 2010, y por consiguiente declara con lugar la solicitud de ejecución ejercida. Así se decide. Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se ordena a la Comisión Nacional Electoral del MEP que de manera inmediata a la notificación del presente fallo, publique en prensa la convocatoria a elecciones en los Comandos Políticos Seccionales, los Comandos Políticos Municipales y en los Buros Sectoriales, que cumpla con las pautas establecidas en la aludida sentencia. Asimismo, se le ordena a la mencionada Comisión Electoral consignar un ejemplar de la publicación de la convocatoria a elecciones dentro de los cinco (5) días continuos siguientes a la notificación de este fallo. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de ejecución de la sentencia número 90 de fecha 16 de junio de 2010, formulada por los ciudadanos los ciudadanos Prisciliano Alfonso Rodríguez, Casto Gil Rivera, Wladimir José Gener Caraballo, Luis Felipe Gener Castro y Carlos Luís Fuenmayor, titulares de las cédulas de identidad números 3.850.984, 582.445, 8.973.422, 1.309.868 y 142.008, respectivamente, asistidos por el abogado Miguel Gener Morantes, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 3.477. En consecuencia, se ORDENA: 1.- A la Comisión Nacional Electoral del MEP que cumpla de manera inmediata con el mandato contenido en la sentencia número 90 de fecha 16 de junio de 2010, y a tales efectos, publique en prensa una convocatoria a elecciones acorde con los lineamientos contenidos en el referido fallo. 2.- A la mencionada Comisión Electoral consignar un ejemplar de la publicación de la convocatoria a elecciones antes aludida dentro de los cinco (5) días continuos siguientes a la notificación de este fallo. Publíquese y regístrese. Notifíquese a la Comisión Nacional Electoral del MEP. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

impugnaciónrepresentaciónabogadospoderprocedimiento civil

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