Sentencia N° 28 — Sala Electoral del TSJ, 28 de marzo de 2016
TSJ/SE, Sent. N° 28, Exp. 2014-000117, 28/03/2016
Expediente2014-000117
PonenteMalaquías Gil Rodríguez
MateriaElectoral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-03-28
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria y ampliación de la sentencia número 104 del 2 de junio de 2015, presentada por José Luis Hernández Díaz. La solicitud fue considerada inadmisible debido a que fue presentada de manera extemporánea, ya que no cumplía con el requisito temporal establecido por la ley, al ser presentada el 10 de junio de 2015, posterior a la publicación del fallo original.
Extracto de la motiva
Analizadas las actas procesales, esta Sala Electoral pasa a pronunciarse, previas las siguientes consideraciones: En fecha 10 de junio de 2015, el ciudadano José Luis Hernández Díaz, asistido por el abogado Miguel Ángel Salazar, ambos identificados ut supra, solicitó aclaratoria y ampliación de la sentencia número 104 de fecha 02 de junio de 2015, emitida por la Sala Electoral, con el objeto siguiente: 1.- Explique, detalladamente el fundamento jurisprudencial que sustenta la nulidad de los actos procesales, si se tiene citada una de las partes, en este caso fue citado el ciudadano Wilfredo Salgado, quien se negó a firmar la boleta; 2.- No se menciona en la sentencia en concreto, si se toma como conjunto o indistinta la solicitud de amparo y recurso contencioso electoral de los solicitante (sic), solicita[n] se aclare; 3.- Que la sentencia sea ampliada e indique si se trata de una impugnación de los actos realizados por la Comisión Electoral o nulidad de la elección de la Comisión Electoral a los fines de determinar el objeto del Recurso Contencioso Electoral. En virtud de que la solicitud de aclaratoria y ampliación fue presentada de manera extemporánea, resulta forzoso para esta Sala declarar INADMISIBLE la misma. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de aclaratoria y ampliación de la sentencia número 104 del 2 de junio de 2015, presentada en fecha 10 de junio de 2015 por el ciudadano José Luis Hernández Díaz, asistido por el abogado Miguel Ángel Salazar. Publíquese y regístrese.