Sentencia N° 27 — Sala Electoral del TSJ, 16 de abril de 2018

TSJ/SE, Sent. N° 27, Exp. 2018-000010, 16/04/2018
Expediente2018-000010
PonenteINDIRA ALFONZO IZAGUIRRE
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2018-04-16
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara competente para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos David Antonio Lozada Rivero y Francisco Manuel Mendoza Alvarez, quienes alegan ser miembros activos de la Federación Venezolana de Deportes Ecuestres. La decisión admite parcialmente el recurso respecto a la nulidad del proceso electoral que proclamó la Junta Directiva de la FVDE para el periodo 2018-2022, pero declara improcedente la solicitud cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo de proclamación.

Dispositiva

1. COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto. 2. ADMITE PARCIALMENTE el recurso contencioso electoral respecto de la pretensión de nulidad. 3. IMPROCEDENTE la solicitud cautelar de suspensión de efectos.

Palabras clave

proceso electoralderecho al sufragiocomisión electoralfederación deportivainscripción de candidatos

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