Sentencia N° 25 — Sala Electoral del TSJ, 14 de mayo de 2019

TSJ/SE, Sent. N° 025, Exp. 2018-000056, 14/05/2019
Expediente2018-000056
PonenteJHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2019-05-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 14 de mayo de 2019, declaró con lugar la solicitud de convocatoria a elecciones presentada por los ciudadanos Oswaldo Marcano y Adrián Martínez, afiliados al Sindicato Único de Trabajadores de la Alcaldía del Municipio Baruta, debido a la mora electoral desde 2009. Se ordenó a la Junta Directiva del sindicato convocar a una Asamblea General para elegir una Comisión Electoral que lleve a cabo el proceso electoral.

Extracto de la motiva

Así, en atención a lo expuesto, se observa que la parte accionante alegó expresamente como hecho fundamental de su pretensión la mora electoral en la que habría incurrido el Sindicato Único de Trabajadores de la Alcaldía del Municipio Baruta, Estado Miranda (SUTAB), habida cuenta que su último proceso electoral fue celebrado el 28 de abril del año 2006, y han transcurrido los 3 años de gestión estatutaria, hecho éste que se tiene como cierto, aunado a que se evidencia de autos que los ciudadanos que presentaron la solicitud de convocatoria a elecciones son afiliados al citado sindicato, cuya voluntad es la renovación de las autoridades sindicales por tener su período vencido. De allí que en virtud que en el presente caso se encuentran llenos los requisitos previstos en el artículo 406 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, esta Sala Electoral declara CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada en fecha 27 de septiembre de 2018, por el abogado Nelson González Ulloa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 88.831, manifestando actuar “…en nombre y representación de los ciudadanos OSWALDO MARCANO y ADRIÁN MARTÍNEZ, venezolanos, (…) titulares de las Cédulas de Identidad números V-6.327.078 y V-10.617.224, respectivamente, quienes detentan el carácter de afiliados del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARUTA, ESTADO MIRANDA (SUTAB)…

Dispositiva

Se ordena a la actual Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARUTA, que dentro de los tres (03) días siguientes a la publicación de la presente decisión, proceda a la convocatoria a la Asamblea General de Trabajadores afiliados a fin de elegir la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso electoral para la renovación de las autoridades en el referido sindicato.

Palabras clave

convocatoriaeleccionessindicatomora electoral

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